Decreto núm. 97, publicado el 12 de Septiembre de 1984. REGLAMENTO PARA OBTENER AUTORIZACION DE OTORGAR LICENCIAS DE CONDUCTOR (Versión vigente desde 2012-08-09 hasta 2013-06-18)
REGLAMENTO PARA OBTENER AUTORIZACION DE OTORGAR LICENCIAS DE CONDUCTOR
Núm. 97.- Santiago, 2 de Agosto de 1984.- Visto: Lo dispuesto por el artículo 9° de la Ley de Tránsito, en relación con su artículo transitorio 1° y con la Ley N° 18.059, y teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32, N° 8 de la Constitución Política de la República de Chile,
Decreto:
Las Municipalidades que cumplan con los requisitos que se señalan en este decreto serán autorizadas para otorgar licencias de conductor por resolución del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, lo que deberán requerir tan pronto cuenten con los elementos reglamentarios y tengan cubiertas sus necesidades de personal. Las autorizaciones que se otorguen antes del 1° de Enero de 1985, producirán efecto a partir de esa fecha.
Para obtener la autorización a que se |!|refiere el artículo anterior, las I. Municipalidades |!|deberán contar con el personal y servicios siguientes: |!|Departamento de Tránsito y Transporte Público; uno o más |!|profesionales con título de médico cirujano expedido por |!|alguna de las Universidades reconocidas por el Estado; y |!|un Gabinete Técnico para el examen de los postulantes a |!|obtener licencia de conductor.
El Gabinete Técnico a que se refiere el inciso |!|precedente, deberá mantener en servicio los instrumentos |!|y equipos que establecen los artículos 5° y 7° de este |!|decreto y para ello deberá ubicarse en un local o |!|dependencia compatible con la función a realizar. Por su |!|parte, el Departamento deberá contar con los que se |!|indican en los artículos 8° y 9° de este decreto.
Las Municipalidades que se autorice para otorgar licencias de conductor, de acuerdo a las normas de la Ley de Tránsito, lo harán a través de su Departamento de Tránsito y Transporte Público. Deberán someterse para ello a las pautas generales de los artículos que siguen y a los instructivos que emita el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de acuerdo al artículo 10° de este decreto.
Los Departamentos de Tránsito y Transporte Público Municipales, practicarán a través de sus Gabinetes Técnicos los exámenes de los postulantes para verificar su idoneidad física y síquica y sus conocimientos teóricos y prácticos sobre conducción y legislación de tránsito.
Los Gabinetes Técnicos Municipales, a |!|través de su personal médico practicarán los exámenes |!|necesarios para evaluar las condiciones físicas y |!|síquicas del postulante.
Especialmente deberán realizar los exámenes que a |!|continuación se detallan, lo que harán con los |!|instrumentos y equipos que se señalan en cada caso:
A.- Exámenes Físicos (Sensométricos):
-
- Agudeza Visual.
Objetivo: Capacidad de percepción
nítida de objetos a
diferentes distancias, en el
día y en la noche.
Instrumento: Optotipos en escala de
décimas o escalas equivalentes.
Se pueden usar:
-
Optotipos integrados a un instrumento,
procediéndose de acuerdo a las
especificaciones del aparato.
-
Optotipos proyectados, en que el proyector
y el examinado deben encontrarse en un
mismo plano vertical. Distancia entre
proyector y pantalla: 3 a 6 metros.
-
-
- Perimetría.
Objetivo: Medir los límites de las
áreas perceptoras de la
retina hacia el exterior, en el
plano de enfoque horizontal.
Instrumento: Perímetro Horizontal.
-
- Visión de Profundidad.
Objetivo: Capacidad de ver objetos en
diferentes planos, permitiendo
evaluar la distancia de
acercamiento.
Instrumento: Evaluador de distancia.
-
- Visión Nocturna.
Objetivo: Capacidad de percepción visual
con el mínimo de luminosidad.
Instrumento: Nictómetro.
-
- Encandilamiento.
Objetivo: Disminución de la percepción
visual por exceso de luminosidad
permisible.
Instrumento: Nictómetro.
-
- Recuperación al Encandilamiento.
Objetivo: Tiempo de demora en recuperar
la visión.
Instrumento: Nictómetro.
-
- Visión de Colores.
Objetivo: Capacidad de los ojos de
percibir y diferenciar colores
en sus diferentes tonalidades.
Instrumento: Tablas Seudoisocromáticas
que incluyen...
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