Decreto 273 - FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS LA SERENA S.A. (Versión vigente desde 2011-02-08 hasta 2015-04-07) - Legislación - VLEX 564155214

Decreto 273 - FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS LA SERENA S.A. (Versión vigente desde 2011-02-08 hasta 2015-04-07)

FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS LA SERENA S.A.

Núm. 273.- Santiago, 14 de diciembre de 2010.- Vistos:

  1. - El D.F.L. Nº70 de 1988, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, del Ministerio de Obras Públicas, en adelante e indistintamente, "DFL MOP Nº 70/88";

  2. - La Ley Nº18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS);

  3. - El Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, DS Nº453 del 12 de diciembre de 1989 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en adelante e indistintamente, el "Reglamento";

  4. - El artículo 100 del DS Nº1.199 de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, en adelante e indistintamente, "DS MOP Nº 1.199/04";

  5. - El decreto del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Nº279 de 26 de octubre de 2005, publicado en el Diario Oficial el 19 de noviembre de 2005, que fija las fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas, para la Empresa Aguas La Serena S.A.;

  6. - El Acta del acto público de Intercambio de Estudios, de fecha 29 de julio 2010;

  7. - El Estudio Tarifario realizado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, sus fundamentos, antecedentes de cálculo y resultados;

  8. - Estos antecedentes.

    Considerando:

  9. - Que, en conformidad con el artículo 2 de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, la fijación de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos sanitarios se realiza mediante decreto expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo;

  10. - Que, el procedimiento administrativo realizado para la fijación de las tarifas de los servicios públicos sanitarios de la empresa Aguas La Serena S.A., correspondientes al quinquenio 2010-2015, cumple con las etapas en la forma y plazos dispuestos por la mencionada Ley de Tarifas;

  11. - Que, según consta en acta de fecha 29 de julio de 2010, Aguas La Serena S.A. no presentó estudio tarifario por lo que se determinaron las fórmulas tarifarias de dicha empresa conforme al estudio tarifario de la Superintendencia;

  12. - Que la determinación de tarifas ha cumplido además con las Bases, normas y actos de procedimiento establecidos en el DFL MOP Nº70/88 y su Reglamento.

    Decreto:

    Fíjanse las siguientes fórmulas tarifarias para calcular los precios máximos aplicables a los usuarios de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas de la empresa Aguas La Serena S.A., en adelante la empresa, en los siguientes términos:

  13. DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1. DEFINICIÓN DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1.1. Cargo fijo mensual por cliente ($/mes): CFCL

    CFCL = CF x IN0

    1.1.2. Cargo variable por consumo de agua potable en período no punta ($/m3): CVAP

    CVAP = CV1 x IN1 + CV4 x IN4

    1.1.3. Cargo variable por consumo de agua potable en período punta ($/m3): CVAPP

    CVAPP = CV2 x IN2 + CV5 x IN5

    1.1.4. Cargo variable por sobreconsumo de agua potable en período punta ($/m3): CVAPP2

    CVAPP2 = CV3 x IN3 + CV6 x IN6

    1.1.5. Cargo variable por servicio de alcantarillado de aguas servidas en período no punta ($/m3): CVAL

    CVAL = CV7 x IN7 + CV10 x IN10

    1.1.6. Cargo variable por servicio de alcantarillado de aguas servidas en período punta ($/m3): CVALP

    CVALP = CV8 x IN8 + CV11 x IN11

    1.1.7. Cargo variable por sobreconsumo de alcantarillado de aguas servidas en período punta ($/m3): CVALP2

    CVALP2 = CV9 x IN9 + CV12 x IN12

    1.2. DEFINICION Y VALORES DE LOS CARGOS TARIFARIOS

    La definición de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos valores, al 31 de diciembre de 2009, son los indicados a continuación:

    Los valores CV1, CV2, CV3 corresponden a los que se definen en los puntos 2.2, 2.3 y 2.4.

    1.3. POLINOMIOS DE INDEXACIÓN

    Se definen IN0, IN1, IN2, IN3, IN4, IN5, IN6, IN7, IN8, IN9, IN10, IN11, IN12, IN13, IN14, IN15, IN16, IN17, IN18, IN19, IN20 e IN21 como los polinomios de indexación de tarifas, que se calculan utilizando la siguiente fórmula general:

    INi = ai x IIPC + bi x IIPMII + ci x IIPMNI

    donde:

    IIPC: Índice del Índice de Precios al Consumidor, o el que lo reemplace, calculado como IPC/IPCo, en que IPC es el Índice de Precios al Consumidor, publicado por el INE e IPCo el correspondiente a diciembre de 2009, IPCo = 98,62 (Base, diciembre 2008=100).

    IIPMII: Índice del Índice de Precios al por Mayor de Productos Importados Categoría Industrias Manufactureras, o el que lo reemplace, calculado como IPMII/IPMIIo, en que IPMII es el Índice de Precios al por Mayor de Productos Importados Categoría Industrias Manufactureras, publicado por el INE e IPMIIo el correspondiente a diciembre de 2009, IPMIIo = 107,20 (Base, noviembre 2007=100).

    IIPMNI: Índice del Índice de Precios al por Mayor de Productos Nacionales Categoría Industrias Manufactureras, o el que lo reemplace, calculado como IPMNI/IPMNIo, en que IPMNI es el Índice de Precios al por Mayor de Productos Nacionales Categoría Industrias Manufactureras, publicado por el INE e IPMNIo el correspondiente a diciembre de 2009, IPMNIo = 104,54 (Base, noviembre 2007=100).

    A continuación se indican los valores de ai, bi y ci, para el respectivo INi:

    Los índices IN1, IN2, IN3 corresponden a los que se definen en los puntos 2.2, 2.3 y 2.4. El índice IN18 corresponde a lo que se define en el punto 4.3.1.

  14. CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS CARGOS TARIFARIOS, DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE AGUAS SERVIDAS

    Las tarifas a cobrar a los usuarios finales corresponderán a los valores de los cargos resultantes de aplicar las fórmulas respectivas, definidas en el punto anterior, los que se sumarán en la boleta o factura cuando corresponda. Dichos cargos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR