Circular N° 32, Departamento de Operación IVA y Catastro, de 20 de Junio de 2005 - Normativa - VLEX 272606771

Circular N° 32, Departamento de Operación IVA y Catastro, de 20 de Junio de 2005

CIRCULAR N°32 DEL 20 DE JUNIO DEL 2005 MATERIA : INSTRUYE SOBRE LAS ACCIONES DE PRESENCIA Y DE VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN IMPRESA DE UN DOCUMENTO TRIBUTARIO ELECTRÓNICO

  1. INTRODUCCION

    La Res. Ex. SII N°45 de 2003 establece que los contribuyentes autorizados por el SII como emisores de documentos tributarios electrónicos deben entregar una Representación Impresa de éstos, a los receptores no electrónicos. Igualmente, se establece que todo transporte de mercaderías sea que el receptor sea electrónico o no electrónico, debe ser acompañado de la Representación Impresa del documento electrónico en dos ejemplares, uno de los cuales puede ser retirado por un funcionario del SII.

    El objetivo de la presente Circular es instruir a los funcionarios que desempeñen acciones de presencia fiscalizadora o realicen verificación de documentos, respecto a la forma de proceder cuando deban revisar la Representación Impresa de un documento tributario electrónico (DTE).

    Este instructivo no norma los procedimientos que se deben llevar a cabo al realizar una auditoría a contribuyentes que sean emisores electrónicos ni el procedimiento asociado a Boletas de Venta Electrónicas. Asimismo, es importante destacar que las actividades de presencia fiscalizadora siguen siendo las mismas que se establecen en la Circular N°64, de 2001, con la salvedad que cuando un funcionario retire uno de los ejemplares de la Representación Impresa en un Control Fijo o Móvil, debe proceder con el otro ejemplar como si éste fuera un original, estampando en él el timbre diseñado para estos efectos.

  2. DEFINICIONES

    a) Formato digital de un DTE: Documento tributario electrónico en formato XML, que cumple las especificaciones establecidas por el SII.

    b) Representación Impresa de un DTE: Impresión en papel del contenido de un documento tributario electrónico, que debe cumplir los requisitos establecidos por el Servicio de Impuestos Internos.

    c) Representación Gráfica de un DTE: Representación de un documento tributario electrónico en un formato de imagen o pdf que cumple las características de formato establecidas para la Representación Impresa.

  3. PROCEDIMIENTO DE EMISION DE UN DTE

    El emisor electrónico debe generar el documento tributario electrónico en formato digital (DTE) en la oportunidad establecida en el Art. 55 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

    Sin embargo, a pesar de que el documento es generado en formato digital, cuando el receptor es no electrónico o cuando deban transportarse bienes corporales muebles en vehículos destinados al transporte de carga, el emisor debe otorgar una Representación Impresa del DTE. La forma de revisar esta Representación Impresa es similar a la de los documentos no electrónicos, por lo que los procedimientos de fiscalización no cambian, sino que las diferencias se producen en las alternativas para verificar un documento cuando éste tiene un origen electrónico.

    3.1 Documentación de la venta o prestación de servicios

    Cuando un emisor electrónico genere un Documento Tributario Electrónico deberá entregar el documento al receptor, ya sea en su formato digital, en una Representación Impresa o en una Representación Gráfica de acuerdo a lo que se detalla a continuación.

    a) Si el receptor es electrónico: se le debe enviar el DTE en su formato digital. Sin embargo, hay dos situaciones en que el emisor debe entregar además la Representación Impresa del documento, en la misma cantidad de ejemplares que si el receptor fuera no electrónico.

    Si hay entrega de bienes y el receptor no ha recibido el documento en su formato digital.

    Si hay traslado físico de bienes amparados por el documento.

    b) Si el receptor es no electrónico: se le debe entregar la Representación Impresa o poner a su disposición la Representación Gráfica a través de su publicación en un sitio Web o enviársela por correo electrónico, de acuerdo a lo dispuesto en la Res. Ex. SII N°11, de 2003.

    3.2 Forma de proceder en algunas situaciones

    En Res. Ex. SII N°45, de 2003, se norma la cantidad de ejemplares de la Representación Impresa y el plazo para el envío del DTE al SII por parte del emisor, según si hay o no entrega o transporte de mercaderías o si el receptor es electrónico o no electrónico. Para fines de ejemplificar lo anterior, se detalla a continuación un conjunto de situaciones y la forma de proceder:

    a) Retiro de productos desde una Sala de Ventas.

    Descripción: Un cliente adquiere bienes corporales muebles en la Sala de Ventas de un emisor electrónico y los traslada por sus propios medios a sus instalaciones.

    Forma de operación:

    Cantidad de ejemplares de Representación Impresa: dos ejemplares en el caso de la factura y uno en el caso de las boletas.

    Plazo de envío del DTE al SII: Inmediato.

    Receptor electrónico: Debe recibir la Representación Impresa para respaldar el tránsito de mercaderías. Posteriormente, una vez recibido el DTE en su formato digital, puede eliminar la Representación Impresa.

    Receptor no electrónico: Debe recibir la Representación Impresa que respalda el transporte de las mercaderías. Posteriormente guarda un ejemplar de la Representación Impresa.

    b) Despacho de productos.

    Descripción: Se despachan productos a un cliente amparados con una Guía de Despacho Electrónica o con una Factura Electrónica.

    Forma de operación:

    Cantidad de ejemplares de Representación Impresa: dos ejemplares

    Plazo de envío del DTE al SII: previo a la salida de los productos.

    Receptor electrónico: Aún cuando los productos deben ser transportados con la Representación Impresa, ésta se puede eliminar una vez que el receptor reciba el formato digital del DTE.

    Receptor no electrónico: Guarda un ejemplar de la Representación Impresa.

    c) Facturación Móvil.

    Descripción: Los productos salen desde las bodegas de un vendedor con una Guía de Despacho global la cual ampara el traslado de todos los bienes que van destinados a los posibles compradores.

    Forma de operación: La entrega de los...

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