Circular N° 42, Departamento de Asesoría Jurídica, de 22 de Julio de 2005 - Normativa - VLEX 272606803

Circular N° 42, Departamento de Asesoría Jurídica, de 22 de Julio de 2005

CIRCULAR N°42 DEL 22 DE JULIO DEL 2005 MATERIA : IMPLEMENTA PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN DE DENUNCIAS Y CONCESIÓN DE CONDONACIONES ON LINE.

I.- INTRODUCCION

En los últimos años, el desarrollo de la tecnología ha abierto nuevos canales para la provisión de las prestaciones que los servicios de la Administración Pública entregan a los ciudadanos. Así, se ha llegado a instaurar el concepto de “gobierno electrónico”, significando con ello el empleo de las tecnologías de la información y de las comunicaciones que realizan los órganos de la Administración para mejorar los servicios que ponen a disposición de la ciudadanía, aumentar la eficiencia y eficacia de la gestión pública e incrementar sustantivamente la transparencia del sector público y la participación de los ciudadanos.

Acorde con ello, el legislador ha impuesto un mandato a los diversos integrantes de la Administración del Estado para integrar elementos tecnológicos en la interrelación que mantienen con los ciudadanos en los diversos procesos administrativos. En efecto, la Ley. 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración Pública, señala en su artículo 19, que los procedimientos administrativos podrán desarrollarse a través de técnicas y medios electrónicos e insta a los servicios públicos a proveerse de los medios necesarios para cumplir dicho objetivo.

Luego, para el Servicio de Impuestos Internos, es un imperativo mantener la iniciativa en el incremento del uso de la tecnología y de los modernos medios de comunicación en el desarrollo de las funciones que el ordenamiento jurídico le han entregado. Lo anterior, toda vez que, según se ha constatado repetidamente, ello redunda en un uso más racional de los recursos de la Administración y de los contribuyentes, lo que permite, en definitiva, ofrecer una mejor atención a éstos, más eficiente y a un menor costo.

Por esta razón, en esta oportunidad el Servicio de Impuestos Internos pone a disposición de los ciudadanos una nueva alternativa de atención en su oficina virtual, en INTERNET, por la cual, los contribuyentes que hayan sido notificados de una denuncia por infracción de índole administrativa a las leyes tributarias, que cumplan con los requistos que se señalan en el capítulo III de esta Circular, podrán optar a ser atendidos y acogerse a los beneficios (condonaciones) que acuerda la Circular 1 del 2004, sin necesidad de concurrir, en forma presencial, a las Unidades del Servicio.

II.- VENTAJAS

De conformidad con los principios rectores de todos los procedimientos que se agrupan bajo el concepto de “gobierno electrónico”, éstos, además de ser transformadores de la relación “ciudadano – Administración”, estar al alcance del mayor número de usuarios y ser fáciles de usar, deben presentar la característica esencial de que el beneficio que signifique para los ciudadanos acceder a ser atendidos a través de las tecnologías de la información y las comunicaciones, sea superior al que recibirían de atenderse en forma presencial en las dependencias del órgano público.

El procedimiento que aquí se implementa cumple básicamente con estas condiciones, siendo patentes en él los siguientes beneficios adicionales a los que se alcanzarían de recurrir a la atención presencial en las oficinas del Servicio:

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR