Alfonzo - Inversiones Fitbite Limitada - 15 de Enero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 856644927

Alfonzo - Inversiones Fitbite Limitada

Fecha de publicación15 Enero 2021
Número de registroCVE-1877137
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.855
CVE 1877137 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.855 | Viernes 15 de Enero de 2021 | Página 1 de 5
Publicaciones Judiciales
CVE 1877137
NOTIFICACIÓN
Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, RIT M-335-2019, Ruc: 20-4-0256584-6,
caratulada “Alfonzo con Inversiones Fitbite Ltda.”, Fecha Ingreso: 9/8/2019; Materia: Nulidad
de Despido: EN LO PRINCIPAL: Interpone demanda en procedimiento monitorio por Nulidad
del despido, Despido injustificado o carente de causa legal y Cobro de prestaciones e
indemnizaciones laborales; PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos; SEGUNDO OTROSÍ:
Solicita la notificación en la forma que indica y autorización; TERCER OTROSÍ: Beneficio De
Asistencia Judicial Gratuita; CUARTO OTROSÍ: Solicita prueba. QUINTO OTROSÍ: Se
exhorte. SEXTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. S.J.L DEL TRABAJO RANCAGUA Alfredo
Alejandro Alfonzó Ragi, trabajador, domiciliado en Pasaje 26 N° 1631, Población Santa
Filomena, Comuna de Rancagua, a SS., respetuosamente digo: Que en tiempo y forma acorde el
mandato de los artículos 7, 8, 9, 54 y siguientes, 63, 73, 159, 160, 162, 163, 168, 496 y siguientes
y 510 del Código del Trabajo interpongo demanda en procedimiento monitorio, por Nulidad del
despido, Despido injustificado, o carente de causa legal y Cobro de prestaciones e
indemnizaciones laborales, en contra de mi empleadora Inversiones Fitbite Ltda, del giro de su
denominación, representada legalmente por Orlando Antonio Hunt Brito, ignoro profesión u
oficio, con domicilio en Presidente Riesco N° 5330, Comuna de Las Condes, solicitando se acoja
la demanda en definitiva, dando lugar a ella en todas sus partes, condenando a la demandada,
conforme al mérito del juicio, a las prestaciones establecidas en el petitorio del presente libelo,
con expresa condena en costas, en atención a la exposición circunstanciada de los hechos y de las
consideraciones de derecho en que se fundamenta y que a continuación expongo: RELACIÓN
CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS: 1. Inicio de la Relación Laboral: Con fecha 29 de
mayo del año 2018, ingresé a prestar servicios personales bajo vínculo de subordinación y
dependencia, para mi ex empleador, sin que se escriturara mi contrato de trabajo, sin perjuicio de
lo cual se acordaron las siguientes estipulaciones; 2. Naturaleza de los servicios prestados y lugar
de trabajo: Cumplí funciones de encargado de local, en las dependencias de la cafetería que se
encontraba al interior del Gimnasio “Energy”, de la comuna de Machalí, denomina “Snack Bar
Fitbite”. ubicado en Carretera El Cobre Km. 4 N° 2521, Comuna de Machalí. Las funciones que
realizaba para mi empleador consistían entre otras, en atención de público, pero además efectuar
los pedidos y compras del local, para lo cual se me entregó una credencial de Servicio de
Impuestos Internos, además de ingresar al sistema computacional de la empresa la información
del día, para lo cual acompaño reportes relativos a este punto, de la misma forma debía realizar
depósitos a la cuenta del representante de la empresa, don Orlando Hunt. 3. Jornada de trabajo:
Mi jornada de trabajo estaba distribuida de lunes a viernes desde las 15:00 a las 22:00 horas y
sábado desde las 09:00 a las 17:00 horas, según las indicaciones de mi empleador. 4.
Remuneración: Mi remuneración se estableció en la cantidad de $300.000 líquidos, lo que
implica que mi remuneración mensual imponible correspondía de acuerdo al siguiente
porcentaje; 10.41 % en AFP PLANVITAL, 7% en IPS FONASA, 0.6 % AFC CHILE, esto es,
18.01%, en razón de lo anterior, mi remuneración mensual imponible ascendía a la suma de
$365.898 (Trescientos sesenta y cinco mil ochocientos noventa y ocho pesos), cantidad que se
debe tener presente para los efectos del cálculo de las indemnizaciones y prestaciones
demandadas. 5. Duración del Contrato: Mi contrato era indefinido, ello por aplicación del
estatuto de estabilidad relativa en el empleo. 6. Otros antecedentes: Es preciso señalar a SS., que
durante el tiempo en que presté servicios para mi empleador, según he expuesto en el presente
libelo, desarrollé otras labores, bajo contrato de trabajo, para otro empleador, en la jornada libre,
ello atendido a que debía reunir dinero suficiente para mantenerme en este país, dado mi
condición de extranjero. 7. Prestaciones adeudadas: Feriado legal: Mi empleadora al momento
del despido, me adeudaba el feriado legal, por el período comprendido entre el 29 de mayo de
2019 al 30 de mayo de 2019, equivalente a 21 días corridos. Remuneración: Me adeuda las
remuneraciones del mes de mayo de 2019, por la cantidad liquida de $300.000 Cotizaciones

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