COMERCIALIZADORA ULTRA CHILE LIMITADA 76.446.555-5 - 12 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 857357062

COMERCIALIZADORA ULTRA CHILE LIMITADA 76.446.555-5

Número de registroCVE-1845831
Fecha de publicación12 Noviembre 2020
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.803
CVE 1845831 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.803 | Jueves 12 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1845831
EXTRACTO
CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Notario Público Concepción, con oficio en
Barros Arana Nº989, certifico: Que por escritura pública de fecha 14 de Septiembre de 2020,
ante mí, Repertorio Nº6282/2020, señores FERNANDO JAVIER LLULL BECKDORF,
domiciliado en Avenida Nahuelbuta número trescientos treinta, departamento quinientos cinco,
Lonco Parque, comuna de Chiguayante; MAURICIO ALEJANDRO LAMA OVIEDO,
domiciliado en Avenida Nahuelbuta trescientos treinta, departamento novecientos seis, comuna
de Chiguayante; y RODOLFO IGNACIO LAMA OVIEDO, domiciliado en domiciliado en
Avenida Nahuelbuta número trescientos treinta, departamentos setecientos tres, Lonco Parque,
comuna de Chiguayante; modifican sociedad “COMERCIALIZADORA ULTRA CHILE
LIMITADA”, RUT Nº76.446.555-5, Inscrita a fojas 1762 vuelta, número 1465 Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, año 2016, y se publicó en el Diario
Oficial de fecha 24 de agosto de 2016.- El capital de la sociedad es de $8.000.000.- Siguientes
sentidos: A) Cesiones de derechos: En este acto y por el presente instrumento, don FERNANDO
JAVIER LLULL BECKDOF, vende, cede y transfiere el 100% de los derechos de que es titular,
a don RODOLFO IGNACIO LAMA OVIEDO, quien compra y adquiere para sí dichos derechos
sociales, que ascienden al 50% del total de los derechos sociales. El precio de esta cesión es de
$4.000.000, pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando don FERNANDO
JAVIER LLULL BECKDORF recibirlos a su entera conformidad, otorgando a mayor
abundamiento, el más amplio, absoluto y total finiquito respecto de la obligación del comprador
de pagar el precio.- B) Ingreso y salida de socios, en virtud de las cesiones señaladas
anteriormente, sale de la sociedad don FERNANDO JAVIER LLULL BECKDOF e ingresa a la
sociedad don RODOLFO IGNACIO LAMA OVIEDO. De esta forma, a contar de esta fecha don
MAURICIO ALEJANDRO LAMA OVIEDO y don RODOLFO IGNACIO LAMA OVIEDO
quedan como únicos, actuales y exclusivos socios de la sociedad.- C) Participación social, en
virtud de las cesiones señaladas anteriormente, los socios modifican el estatuto social quedando
don MAURICIO ALEJANDRO LAMA OVIEDO con una participación social equivalente al
50% del patrimonio social y don RODOLFO IGNACIO LAMA OVIEDO con una participación
social equivalente al 50% del patrimonio social..- D) Distribución de las utilidades y pérdidas:
Los socios vienen en modificar la cláusula undécima del contrato social, en el sentido de
establecer que las utilidades y eventuales pérdidas que genere la sociedad, se distribuirán entre
los socios en proporción a sus respectivos aportes, esto es, en un 50% para don MAURICIO
ALEJANDRO LAMA OVIEDO y en un 50% para don RODOLFO IGNACIO LAMA
OVIEDO.- E) Administración, representación y uso de la razón social, n virtud de este
instrumento, los socios acuerdan la modificación de la cláusula décimo primera del estatuto
social en el sentido de que la administración, representación y uso de la razón social
corresponderá indistintamente a los socios don MAURICIO ALEJANDRO LAMA OVIEDO y
don RODOLFO IGNACIO LAMA OVIEDO.- Los socios, reiteran que su responsabilidad por
las deudas sociales queda limitada al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado
por la presente escritura, se mantienen plenamente vigentes todas las demás cláusulas del
estatuto social constitutivo Demás estipulaciones escritura extractada.- CONCEPCIÓN, 10 de
Noviembre de 2020.-

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