CONSTRUCCIÓN E INVERSIONES AGUILA CALVA SpA - 20 de Enero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 856654924

CONSTRUCCIÓN E INVERSIONES AGUILA CALVA SpA

Fecha de publicación20 Enero 2021
Número de registroCVE-1882296
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.859
CVE 1882296 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.859 | Miércoles 20 de Enero de 2021 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 1882296
EXTRACTO
ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público Titular 16ª notaría Santiago, San
Sebastián 2750, Las Condes, certifico: Por escritura pública ante mí, de fecha 14 de enero 2021,
repertorio 223/2021, las sociedades CONSTRUCCION E INVERSIONES HORMIGON SpA
RUT N° 77.290.455-k, CONSTRUCCIÓN E INVERSIONES BPG SpA RUT N° 77.290.554-8,
constituyen una sociedad por acciones con el nombre “CONSTRUCCIÓN E INVERSIONES
AGUILA CALVA SpA”. DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo
establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. – DURACION. La
sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de
tres años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años, salvo que
los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que
estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la
inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo
período. OBJETO. uno. El estudio, diseño, planeación, contratación y ejecución de toda clase de
edificaciones, obras civiles y bienes inmuebles en general, construcción de proyectos de
servicios públicos y médicos, así como la realización en ellas de adiciones, mejoras,
modificaciones, restauraciones y reparaciones. dos. La prestación de servicios técnicos y de
consultoría en los diferentes campos de la ingeniería civil. tres. La realización de trabajos,
estudios, consultorías y proyectos en materia de urbanismo y arquitectura. cuatro. La adquisición
de inmuebles para ejecutar por sí o por medio de terceros la construcción mediante su
urbanización, programación, promoción, venta de lotes o de unidades habitacionales, o locales
comerciales o industriales que resulten de la edificación. cinco. El desarrollo de construcciones,
parcelaciones o urbanizaciones en bienes propios o de terceros, bien sea para planes de vivienda,
locales comerciales o industriales. seis. La promoción, constitución y asociación de empresas o
sociedades que tengan por objeto la construcción de inmuebles o los negocios sobre propiedad
raíz. siete. Las inversiones en propiedades inmuebles para enajenarlos o desarrollar proyectos de
edificios, estando facultada la sociedad para reservar para sí, o para los accionistas las áreas que
a bien tengan para arrendamiento o explotación comercial. ocho. La ejecución de toda clase de
negocios, además de la compraventa, relacionados con la comercialización de la propiedad raíz
tales como: financiamiento, arrendamiento, fideicomiso, administración, usufructo, constitución
y régimen de propiedad horizontal, etc. nueve. La construcción de canalizaciones externas y
subterráneas para extensión y distribución de redes de energía, teléfonos, acueducto y
alcantarillado y en general, todo lo relacionado con servicios públicos. diez. Los montajes
electromecánicos de centrales de generación de energía, hidráulica, térmica, a gas, etc. once. Los
montajes de tubería de presión para centrales de generación y/o estaciones de bombeo. doce. Los
montajes electromecánicos para plantas o instalaciones industriales, comerciales o de
infraestructura. trece. La construcción de obras e infraestructura para el sector del petróleo
incluyendo la construcción de oleoductos, poliductos, gasoductos, plataformas para pozos,
estación de bombeo, etc. catorce. La construcción de estructuras para edificios, puentes e
infraestructura en general en concreto o metálicas. quince. La enajenación de materiales de
construcción nuevos y de sobrantes de obra. dieciséis. La participación en sociedades civiles o
comerciales, cuentas en participación y otras asociaciones, aun cuando su objeto social no tenga
relación con el que aparece descrito en esta cláusula. diecisiete. La adquisición a título oneroso
de equipos, maquinaria, instalaciones, accesorios e implementos auxiliares empleados en la
construcción de obras y edificios, con el propósito de usarlos en las obras que ejecute pudiendo
también arrendarlos o celebrar con ellos cualquier tipo de transacción. dieciocho. La sociedad
podrá prestar servicios públicos domiciliarios, de tecnologías de la información y las
comunicaciones –TIC– y actividades complementarias o inherentes a los mismos, así como ser
socio de empresas de servicios públicos privadas o mixtas y/o participar en cualquier tipo de
asociación como uniones temporales o consorcios y en general asociarse con terceros para la

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