CONSTRUCCIONES E INVERSIONES AMCO SpA - 5 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 857268912

CONSTRUCCIONES E INVERSIONES AMCO SpA

Fecha de publicación05 Febrero 2021
Número de registroCVE-1891784
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.873
CVE 1891784 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.873 | Viernes 5 de Febrero de 2021 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 1891784
EXTRACTO
GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Público Suplente de doña Antonieta
Mendoza Escalas, Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por
escritura de 28-01-2021, Repertorio 515 / 2021, ante notario titular y autorizada por mi, en
conformidad Art. 402 C.O.T., las sociedades CONSTRUCCIONES E INVERSIONES COHAM
SpA, RUT N° 77.285.504-4, CONSTRUCCIONES E INVERSIONES CIAMCO SpA, RUT N°
77.285.496-K, constituyen una sociedad por acciones con el nombre “CONSTRUCCIONES E
INVERSIONES AMCO SpA.”. DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad Santiago, pudiendo
establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. – DURACION. La
sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de
tres años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años, salvo que
los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que
estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la
inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo
período. OBJETO. uno. El estudio, diseño, planeación, contratación y ejecución de toda clase de
edificaciones, obras civiles y bienes inmuebles en general, así como la realización en ellas de
adiciones, mejoras, modificaciones, restauraciones y reparaciones. dos. La prestación de
servicios técnicos y de consultoría en los diferentes campos de la ingeniería civil. tres. La
realización de trabajos, estudios, consultorías y proyectos en materia de urbanismo y
arquitectura. cuatro. La adquisición de inmuebles para ejecutar por sí o por medio de terceros la
construcción mediante su urbanización, programación, promoción, venta de lotes o de unidades
habitacionales, o locales comerciales o industriales que resulten de la edificación. cinco. El
desarrollo de construcciones, parcelaciones o urbanizaciones en bienes propios o de terceros,
bien sea para planes de vivienda, locales comerciales o industriales. seis. La promoción,
constitución y asociación de empresas o sociedades que tengan por objeto la construcción de
inmuebles o los negocios sobre propiedad raíz. siete. Las inversiones en propiedades inmuebles
para enajenarlos o desarrollar proyectos de edificios, estando facultada la sociedad para reservar
para sí, o para los accionistas las áreas que a bien tengan para arrendamiento o explotación
comercial. ocho. La ejecución de toda clase de negocios, además de la compraventa,
relacionados con la comercialización de la propiedad raíz tales como: financiamiento,
arrendamiento, fideicomiso, administración, usufructo, constitución y régimen de propiedad
horizontal, etc. nueve. La construcción de canalizaciones externas y subterráneas para extensión
y distribución de redes de energía, teléfonos, acueducto y alcantarillado y en general, todo lo
relacionado con servicios públicos. diez. Los montajes electromecánicos de centrales de
generación de energía, hidráulica, térmica, a gas, etc. once. Los montajes de tubería de presión
para centrales de generación y/o estaciones de bombeo. doce. Los montajes electromecánicos
para plantas o instalaciones industriales, comerciales o de infraestructura. trece. La construcción
de obras e infraestructura para el sector del petróleo incluyendo la construcción de oleoductos,
poliductos, gasoductos, plataformas para pozos, estación de bombeo, etc. catorce. La
construcción de estructuras para edificios, puentes e infraestructura en general en concreto o
metálicas. quince. La enajenación de materiales de construcción nuevos y de sobrantes de obra.
dieciséis. La participación en sociedades civiles o comerciales, cuentas en participación y otras
asociaciones, aun cuando su objeto social no tenga relación con el que aparece descrito en esta
cláusula. diecisiete. La adquisición a título oneroso de equipos, maquinaria, instalaciones,
accesorios e implementos auxiliares empleados en la construcción de obras y edificios, con el
propósito de usarlos en las obras que ejecute pudiendo también arrendarlos o celebrar con ellos
cualquier tipo de transacción. dieciocho. La sociedad podrá prestar servicios públicos
domiciliarios, de tecnologías de la información y las comunicaciones –TIC– y actividades
complementarias o inherentes a los mismos, así como ser socio de empresas de servicios
públicos privadas o mixtas y/o participar en cualquier tipo de asociación como uniones

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