Decreto alcaldicio número 5.018, de 2020.- Promulga Plan Regulador Comunal de Vicuña, San Isidro y Calingasta, y las localidades de Marquesa-Nueva Talcuna, El Molle, Villaseca, Diaguitas y Rivadavia - 19 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 862118846

Decreto alcaldicio número 5.018, de 2020.- Promulga Plan Regulador Comunal de Vicuña, San Isidro y Calingasta, y las localidades de Marquesa-Nueva Talcuna, El Molle, Villaseca, Diaguitas y Rivadavia

Número de registroCVE-1897378
Fecha de publicación19 Febrero 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMUNICIPALIDAD DE VICUÑA
Número de Gaceta42.885
I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.885 Viernes 19 de Febrero de 2021 Página 1 de 43
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Normas Generales
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MUNICIPALIDAD DE VICUÑA
PROMÚLGASE EL PLAN REGULADOR COMUNAL DE VICUÑA, SAN ISIDRO Y
CALINGASTA, Y LAS LOCALIDADES DE MARQUESA - NUEVA TALCUNA, EL MOLLE,
VILLASECA, DIAGUITAS Y RIVADAVIA
Núm. 5.018.- Vicuña, 15 de diciembre de 2020.
Vistos:
La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado
y sus modicaciones, la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; lo dispuesto
en los artículos 41 al 46 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; la Ley N° 19.300, sobre
Bases Generales del Medio Ambiente y sus modicaciones; la Ley N° 20.417, que crea el Ministerio,
el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; lo dispuesto en los
artículos 2.1.10 y 2.1.11, del DS N° 47 del año 1992 y sus modicaciones; Ordenanza General de
Urbanismo y Construcciones; las normas de la Ley 19.886 sobre Contratos de Suministro y Prestación
de Servicios, el decreto N° 250 del año 2004; Reglamento de compras Públicas; El Ord. N° 774 de fecha
12/08/2015 que informa a los vecinos y Organizaciones Territoriales el inicio del proceso de aprobación
legal del Plan Regulador de Vicuña e informa Audiencias Públicas para los días 07/09/2015, 08/09/2015
y 09/09/2015; el Certicado N° 004 de fecha 26/10/2015 de la Secretaria Municipal, que certica la
exposición al público en patio central del Edicio Municipal de los documentos que conforman el Plan
a partir del 24 de septiembre al 23 de octubre de 2015; el Certicado N° 160 de fecha 07/12/2015, de
Secretario del Concejo Municipal (S) de Vicuña, informando sobre Sesión Ordinaria N° 035 de fecha
23 de noviembre de 2015 con Acuerdo N° 199/2015/DOM, a través del cual el Consejo Comunal
de Vicuña aprobó por unanimidad el proyecto del Plan Regulador Comunal de Vicuña, conforme al
procedimiento del artículo 2.1.11 de la OGUC; el Ord. N° 973, de fecha 06.06.2019, de Sr. Secretario
Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo, a Sr. Rafael Vera Castillo, Alcalde
de la Ilustre Municipalidad de Vicuña, mediante el cual remite expediente del Plan Regulador Comunal
de Vicuña, San Isidro y Calingasta, y las localidades de Marquesa-Nueva Talcuna, El Molle, Villaseca,
Diaguitas y Rivadavia; el Certicado N° 120 de fecha 04 de noviembre de 2020 de la Secretaria del
Concejo Municipal Subrogante, que aprueba por unanimidad modicación de aprobación del Plan
Regulador Comunal de Vicuña; decreto Alcaldicio N° 5595 de fecha 22 de noviembre de 2019, que
establece la subrogancia como Secretaria Municipal en doña Karla Salazar Adasme, y en uso de las
atribuciones que me reere el cargo:
Considerando:
1. El Ord. N° 151111 de fecha 26 de marzo de 2015 enviado por el Subsecretario del Ministerio
del Medio Ambiente, mediante el cual se indica que se han subsanado las observaciones
realizadas por ese Ministerio, entregando Informe favorable al respecto.
2. El decreto N° 5391 de fecha 05 de junio de 2015, que inicia el proceso de consulta pública
de Evaluación Ambiental Estratégica del Plan Regulador de la Comuna de Vicuña.
3. La exposición del Informe Ambiental del proyecto Adecuación Plan Regulador Comunal
de Vicuña, a contar del 15 de junio de 2015 hasta el 26 de junio de 2015 en patio central
del Edicio Consistorial, que señala objetivos generales y especícos, proceso de diseño y
desarrollo EAE.
4. El Certicado N° 059 de fecha 14 de mayo de 2015 de la Secretaria del Concejo Municipal
que aprueba por unanimidad dar inicio al proceso de Consulta Pública y validación ambiental
del proyecto de actualización Plan Regulador Comunal de Vicuña.
5. La publicación en el diario El Día, de fecha 12 de junio de 2015, que invita a la comunidad,
Órganos de Estado, Organizaciones Públicas y Privadas a participar de la Consulta Pública
del proceso de Evaluación Ambiental Estratégica del Plan Regulador Comunal Vicuña.
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6. El Certicado N° 001 de fecha 14 de julio de 2015 de la Secretaria Municipal, que certica
que conforme al proceso de consulta pública y validación Ambiental del proceso denominado
Adecuación Plan Regulador Comuna de Vicuña se procedió a exponer al público el Informe
Ambiental Estratégico y planos respectivos.
7. El Certicado N° 1172 de fecha 14 de julio de 2015 de la Secretaria Municipal (S), que
certica que conforme al proceso no se recibieron observaciones ni objeciones al proceso
de exposición del Informe Ambiental Estratégico.
8. El informe N° 72 de fecha 15 de julio de 2015 del Director de Obras Municipales al Sr.
Alcalde de Vicuña, que informa del proceso de validación y proceso de Consulta Pública
del respectivo Informe Ambiental Estratégico.
9. El decreto N° 7.406 de fecha 17 de junio de 2015 que da por cumplido el proceso de
Evaluación Ambiental Estratégica previsto en el Art. 7 bis de la ley N° 19.300 respecto del
proyecto denominado Adecuación Plan Regulador Comunal de Vicuña.
10. La Evaluación Ambiental Estratégica del Plan Regulador Comunal de Vicuña, San Isidro,
Calingasta y las localidades de Marquesa-Nueva Talcuna, El Molle, Villaseca, Diaguitas y
Rivadavia, y los decretos municipales N° 5391 de fecha 2 de junio de 2015 y N° 7.406 de
fecha 17 de julio de 2015, mediante los cuales se informa el inicio y término de la consulta
pública realizada, que en lo sustancial se reeren a lo siguiente:
a. Que, el Informe Ambiental de la Adecuación del Plan Regulador Comunal de Vicuña,
desarrollado en el marco de la Evaluación Ambiental Estratégica EAE (Dictamen
N° 78.815 de La Contraloría General de la República, de fecha 28 de diciembre
de 2010). La Ley N° 19.300 sobre bases generales del medio ambiente (artículo
2 letra i bis) dene la EAE como “el procedimiento realizado por el Ministerio
sectorial respectivo, para que se incorporen las consideraciones ambientales del
desarrollo sustentable, al proceso de formulación de las políticas y planes de carácter
normativo general, que tengan impacto sobre el medio ambiente o la sustentabilidad
de manera que ellas sean integradas en la dictación de la respectiva política o plan,
y sus modicaciones sustanciales”. Por lo tanto, en dicho contexto, al Estudio
se incorporó de manera temprana la dimensión ambiental desde una perspectiva
sustentable, de modo que permitió incorporar y evaluar los eventuales impactos
ambientales de manera temprana, expedita y vinculante desde la óptica de las
instituciones públicas involucradas, lo cual dio paso para denir el uso de suelo
(zonicación) más óptimo del territorio en relación a sus características físicas,
sociales, ambientales, culturales, etc.; y junto a esto, seguir haciendo mejoras en
el tiempo bajo criterios de sustentabilidad. De este modo, el informe contiene las
siguientes temáticas:
- Esquema general del Plan, correspondiente a un resumen de los contenidos y objetivos
principales del Plan a desarrollar.
- Los órganos de la Administración del Estado convocados y participantes en la
elaboración del Plan y los instrumentos o estudios considerados.
- Criterios de sustentabilidad del Plan, teniendo presente las tres dimensiones del
desarrollo sustentable, es decir, en cuanto lo económico, social y ambiental.
- Diagnóstico Ambiental Estratégico, que considera un análisis de los aspectos
ambientales relevantes para el contexto del plan, y el cual es utilizado como base
para la evaluación ambiental de las alternativas propuestas.
- Objetivos Ambientales, los cuales constituyen metas o propósitos en el ámbito
ambiental del Plan a desarrollar.
- Los efectos ambientales de cada alternativa evaluada para conseguir el logro de los
objetivos del Plan y la metodología aplicada para la evaluación ambiental de tales
efectos y alternativas.
- Un plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que son afectadas
producto del Plan desarrollado, junto al plan de seguimiento destinado a controlar
la ecacia del Plan y el plan de rediseño.
b. Que, se convocó a participar del proceso de evaluación ambiental estratégica a los
siguientes órganos de administración del Estado:
- Corporación Nacional Forestal Conaf, Región de Coquimbo.
- Dirección Regional de Vialidad, MOP, Región de Coquimbo.
- Dirección de Obras Hidráulicas, MOP, Región de Coquimbo.
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Núm. 42.885 Página 3 de 43
- Dirección General de Aguas, MOP, Región de Coquimbo.
- Gobierno Regional, División de Planicación, Región de Coquimbo.
- Servicio Agrícola y Ganadero, SAG, Región de Coquimbo.
- Servicio Nacional de Pesca Sernapesca, Región de Coquimbo.
- Servicio Nacional de Turismo Sernatur, Región de Coquimbo.
- Seremi de Medio Ambiente, Región de Coquimbo.
- Seremi Minvu, Desarrollo Urbano, Región de Coquimbo.
- Seremi de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Coquimbo.
- Seremi de Agricultura, Región de Coquimbo.
- Seremi de Obras Públicas, Región de Coquimbo.
- Seremi de Minería, Región de Coquimbo.
- Seremi de Energía, Región de Coquimbo.
- Seremi de Economía, Región de Coquimbo.
c. Que, el informe ambiental del plan regulador comunal de Vicuña fue consultado por
los órganos de la administración del Estado convocados, participando en ella los
representantes de los siguientes organismos:
Seremi de Agricultura
Sernageomin
Sernatur
Seremi Medio Ambiente
Seremi de Energía
Seremi MOP
DGA
Gobierno Regional Coquimbo
Seremi Transportes y Telecomunicaciones
Seremi Vivienda y Urbanismo
SAG
d. Que, las observaciones de los Organismos de administración del Estado fueron consideradas
en el diseño del plan según su pertinencia respecto a la naturaleza jurídica del Plan
Regulador Comunal de Vicuña.
e. Que, el informe ambiental del Plan Regulador Comunal de Vicuña fue remitido en
consulta al Ministerio del Medio Ambiente.
f. Que, las observaciones del Ministerio del Medio Ambiente fueron consideradas en la
adecuación del informe ambiental, aportando nuevos antecedentes reformulando la
redacción de los textos, adecuando los objetivos ambientales, los criterios del desarrollo
sustentable, la forma de la evaluación ambiental de las alternativas de estructuración,
reformulando el plan de seguimiento, sus criterios e indicadores, así como también los
criterios e indicadores de rediseño del plan.
g. Que, el Informe Ambiental tiene el siguiente contenido:
TABLA DE CONTENIDOS
I. INTRODUCCIÓN
I.1 RESUMEN EJECUTIVO DEL INFORME AMBIENTAL
I.2 RESUMEN DE LOS OBJETIVOS DEL PLAN
II.- ESQUEMA GENERAL DEL PLAN
II.1 ÁREA DE ESTUDIO
II.2 OBJETIVOS
II.3 RESUMEN DE ETAPAS Y PLAZOS DEL PRC
II.4 ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL PRC
II.5 ANTECEDENTES PARA LA FORMULACIÓN DEL PLAN
II.6 CARACTERÍSTICAS MORFOLÓGICAS DE LAS LOCALIDADES
II.7 CIUDAD DE VICUÑA
II.8 ANÁLISIS DE ESCENARIOS
II.9 ESCALA COMUNAL
II.10 LOCALIDADES A DECLARAR URBANAS
II.11 DESARROLLO URBANO DE LA CIUDAD DE VICUÑA
II.12 TENDENCIAS DE CRECIMIENTO DE LA CIUDAD DE VICUÑA
II.13 VISIÓN DE DESARROLLO COMUNAL
II.14 SÍNTESIS DE LOS CONTENIDOS DEL PLAN
II.15 ZONIFICACIÓN
II.16 ZONIFICACIÓN VIGENTE Y PROPUESTA DE PLAN
III.- ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO (OAE) CONVOCADOS
Y PARTICIPANTES EN LA ELABORACIÓN DEL PRC

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