Decreto número 118, de 2020.- Declara zona de escasez a la comuna de Paine, provincia de Maipo, Región Metropolitana - 10 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852217480

Decreto número 118, de 2020.- Declara zona de escasez a la comuna de Paine, provincia de Maipo, Región Metropolitana

Fecha de publicación10 Noviembre 2020
Número de registroCVE-1843942
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Número de Gaceta42.801
CVE 1843942 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.801 | Martes 10 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1843942
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
DECLARA ZONA DE ESCASEZ A LA COMUNA DE PAINE, PROVINCIA DE MAIPO,
REGIÓN METROPOLITANA
Núm. 118.- Santiago, 5 de octubre de 2020.
Vistos:
1. El oficio Nº 424 de la Gobernadora Provincial de Maipo, de 21 de septiembre de 2020;
2. El Informe Técnico Nº 32 de la División de Hidrología de la Dirección General de Aguas,
denominado "Informe Condiciones Hidrometeorológicas, provincia de Maipo, comuna de
Paine", de 21 de septiembre de 2020;
3. El oficio Ord. DGA Nº 426 del Director General de Aguas, de 24 de septiembre de 2020;
4. El decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia,
que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República";
5. La resolución DGA Nº 1674, de 12 de junio de 2012, que deja sin efecto la resolución
DGA Nº 39, de 1984, y establece los criterios para calificar épocas de extraordinaria sequía;
6. Las facultades que me concede el artículo 314 inciso del Código de Aguas, y
Considerando:
1. Que, por medio del oficio Nº 424 de la Gobernadora Provincial de Maipo, de 21 de
septiembre de 2020, se solicitó decretar zona de escasez a la comuna de Paine, provincia de
Maipo, Región Metropolitana, con el fin de acreditar la condición de sequía o déficit hídrico en
dicha comuna, para adoptar las medidas necesarias para suplir la referida escasez y procurar un
abastecimiento continuo en las zonas afectadas.
2. Que, el Informe Técnico Nº 32 de la División de Hidrología de la Dirección General de
Aguas, denominado "Informe Condiciones Hidrometeorológicas, provincia de Maipo, comuna de
Paine", de 21 de septiembre de 2020, indica que en dicha provincia, se verifican las condiciones
de sequía, dado que se cumple con lo establecido en los numerales 6.a) y 6.b) de la resolución
DGA Nº 1674, de 2012, es decir respecto a las precipitaciones, pues el indicador de sequía (IPE)
calculado, es menor al índice límite definido en la estación analizada y también respecto a los
caudales, pues el indicador (ICE) calculado, es menor al índice límite definido en la estación
analizada.
3. Que, debido a las razones señaladas, y con el objeto de implementar medidas
extraordinarias, que contribuyan a superar la escasez del recurso hídrico, se requiere la dictación
de un decreto de escasez en la comuna de Paine, provincia de Maipo, Región Metropolitana.
4. Que, a su turno, el Director General de Aguas, mediante el oficio Ord. DGA Nº 426, de
24 de septiembre de 2020, solicitó se declare zona de escasez a la comuna de Paine, provincia de
Maipo, Región Metropolitana.
5. Que, el artículo 314 inciso del Código de Aguas dispone que el Presidente de la
República, a petición o con informe de la Dirección General de Aguas, podrá en épocas de
extraordinaria sequía declarar zonas de escasez por períodos máximos de seis meses, no
prorrogables.
6. Que, teniendo presente los antecedentes previamente indicados, procede declarar zona de
escasez a la comuna de Paine, provincia de Maipo, Región Metropolitana.

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