Decreto número 248, de 2020.- Aprueba Reglamento sobre Identificación de Productos Aeronáuticos, Marcas de Nacionalidad y Matrícula DAR-45 - 12 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 857504866

Decreto número 248, de 2020.- Aprueba Reglamento sobre Identificación de Productos Aeronáuticos, Marcas de Nacionalidad y Matrícula DAR-45

EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
SecciónNormas Generales
Número de registroCVE-1894511
Fecha de publicación12 Febrero 2021
Número de Gaceta42.879
CVE 1894511 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.879 | Viernes 12 de Febrero de 2021 | Página 1 de 10
Normas Generales
CVE 1894511
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas
APRUEBA REGLAMENTO SOBRE IDENTIFICACIÓN DE PRODUCTOS
AERONÁUTICOS, MARCAS DE NACIONALIDAD Y MATRÍCULA "DAR-45"
Santiago, 27 de julio de 2020.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:
Núm. 248.
Visto:
a) Lo dispuesto en el artículo Nº 326 de la Constitución Política de la República.
b) Ley Nº 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional.
c) El artículo 3º letra t) de la Ley Nº 16.752, Fija organización y funciones y establece
disposiciones generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil.
d) El decreto supremo Nº 509 bis de 1957, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que
"Promulga Convenio de Aviación Civil (OACI)".
e) El decreto supremo Nº 68 de 2003, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprobó el
Reglamento sobre Identificación de Productos Aeronáuticos, Marcas de Nacionalidad y
Matrícula, DAR PARTE - 45.
f) Lo dispuesto en la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República.
g) El oficio DGAC Nº 05/0/466/2314 de fecha 17 de abril de 2020 de la Dirección General
de Aeronáutica Civil.
Considerando:
a) Que, mediante decreto supremo Nº 68 de 2003, del Ministerio de Defensa Nacional, se
aprobó el Reglamento sobre Identificación de Productos Aeronáuticos, Marcas de Nacionalidad
y Matrícula, DAR PARTE - 45.
b) Que, el Consejo de la Organización de Aviación Civil Internacional ha adoptado una
serie de enmiendas al Anexo 07 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional denominado
"Marcas de Nacionalidad y de Matrícula de las Aeronaves", que contiene normas y métodos
recomendados de carácter internacional que requieren ser incorporadas al ordenamiento jurídico
nacional.
c) Que, se estima conveniente para lo anterior utilizar además los requisitos técnicos
indicados en el CFR FAR 45 de la FAA, respecto de la placa de identificación técnica de la
aeronave y componentes de aeronaves.
Decreto:
Artículo primero: Apruébase Reglamento sobre Identificación de Productos Aeronáuticos,
Marcas de Nacionalidad y Matrícula, el que se identificará en la Reglamentación Aeronáutica
como DAR-45, cuyo texto es el siguiente:

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