Decreto número 32, de 2020.- Nombra a doña Lilia María Jerez Arévalo en el cargo de Directora del Trabajo - 18 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852217088

Decreto número 32, de 2020.- Nombra a doña Lilia María Jerez Arévalo en el cargo de Directora del Trabajo

Número de registroCVE-1848423
Fecha de publicación18 Noviembre 2020
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Número de Gaceta42.808
CVE 1848423 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.808 | Miércoles 18 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1848423
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Subsecretaría del Trabajo
NOMBRA EN EL CARGO DE DIRECTORA DEL TRABAJO A PERSONA QUE
INDICA
Núm. 32.- Santiago, 28 de agosto de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 10 de la Constitución Política de la República; en el Título
VI de la ley Nº 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios pública que
indica; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de
la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con
fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado
y sistematizado de la ley Nº 18.834, Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley Nº
2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; en la ley Nº 21.192, de Presupuestos
del Sector Público para el año 2020; en las resoluciones exentas Nºs 514 y 560, ambas del año
2020, del Servicio Civil, que convoca a proceso de selección público y abierto, de amplia
difusión, para proveer el cargo de Director/a de la Dirección del Trabajo, que corresponde al
primer nivel jerárquico (Concurso N° 5315); en el decreto Nº 544, de 2019, del Ministerio del
Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministra del Trabajo y Previsión Social; en la
resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre
exención del trámite de Toma de Razón de las materias de personal que se indican.
Considerando:
1º Que al haberse producido la respectiva vacante, el Consejo de Alta Dirección Pública,
por intermedio de la Dirección Nacional del Servicio Civil, según da cuenta su resolución exenta
Nº 514, de 2020, convocó a un proceso de selección público abierto para proveer el cargo de
Director/a de la Dirección del Trabajo, convocatoria que fue ampliada mediante resolución
exenta Nº 560, de 2020, expedida por la Dirección Nacional del Servicio Civil.
2º Que, en dicho contexto, el Consejo de Alta Dirección Pública, a través del oficio
resolución Nº 50, de 23 de julio de 2020, remitió los antecedentes de los candidatos
seleccionados a la Presidencia de la República para los efectos de su nombramiento.
3º Que, conforme se indica en el oficio Nº 814, de 25 de agosto de 2020, dirigido por la
Dirección Nacional del Servicio Civil al Ministerio del Trabajo y Previsión Social para proceder
al nombramiento del cargo público señalado, doña Lilia María Jerez Arévalo fue seleccionada
para ocupar el cargo de Directora del Trabajo, según consta en el Oficio Gabinete Presidencial
Nº 1081, de 11 de agosto de 2020, y así será declarado en este acto.
Decreto:
Primero: Nómbrase, a contar del 17 de agosto de 2020, a doña Lilia María Jerez Arévalo,
RUN Nº 15.664.300-9, en el cargo de Directora del Trabajo, grado 1º de la escala de
remuneraciones del decreto ley Nº 3.551, de 1980, Jefa Superior del Servicio, en calidad de
titular.
Por razones impostergables de buen servicio, la señalada autoridad deberá asumir sus
funciones sin esperar la total tramitación del presente decreto.

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