Decreto número 4, de 2020.- Aprueba Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación - 27 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852218815

Decreto número 4, de 2020.- Aprueba Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación

Número de registroCVE-1835789
Fecha de publicación27 Octubre 2020
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN
Número de Gaceta42.790
CVE 1835789 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.790 | Martes 27 de Octubre de 2020 | Página 1 de 9
Normas Generales
CVE 1835789
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN
APRUEBA "POLÍTICA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO
E INNOVACIÓN"
Núm. 4.- Santiago, 31 de marzo de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 1º inciso cuarto, 32 Nº 6, 33 y 35 de la Constitución Política de
la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en los
artículos 20 y octavo transitorio de la ley Nº 21.105, que crea el Ministerio de Ciencia,
Tecnología, Conocimiento e Innovación; en el decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2019, del
Ministerio de Educación, que fija Planta de Personal de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología,
Conocimiento e Innovación y regula otras materias a las que se refiere el artículo noveno
transitorio de la ley Nº 21.105; el decreto Nº 3, de 2020, del Ministerio de Ciencia, Tecnología,
Conocimiento e Innovación, que aprueba el reglamento que determina la estructura interna del
Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, y crea las unidades funcionales
que indica, y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija
normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
Considerando:
1. Que conforme a lo dispuesto en el artículo octavo transitorio de la ley Nº 21.105, que crea
el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, el decreto supremo que
apruebe la primera Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación deberá
ser dictado dentro de los seis meses siguientes desde la entrada en funcionamiento del Ministerio.
2. Que, el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación entró en
funcionamiento el 1 de octubre de 2019, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 6 del
decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2019, del Ministerio de Educación.
3. Que, el artículo 20 de la ley Nº 21.105 establece que la Política Nacional de Ciencia,
Tecnología, Conocimiento e Innovación será propuesta al Presidente o Presidenta de la
República por el Ministro o Ministra de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, y se
aprobará por decreto supremo expedido a través del referido Ministerio.
4. Que con fecha 16 de marzo del año en curso sesionó el Comité Interministerial de
Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, compuesto por los Ministros de Hacienda,
Economía, Fomento y Turismo, Educación y presidido por el Ministro de Ciencia, Tecnología,
Conocimiento e Innovación, oportunidad en la que se acordó la Política Nacional de Ciencia,
Tecnología, Conocimiento e Innovación que por este acto se aprueba, y su Plan de Acción.
5. Que, hoy el país cuenta con una nueva institucionalidad que tiene como una de sus tareas
la de coordinar el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, que
actualmente muestra buenos índices de productividad y de calidad en el ámbito de la
investigación, pero que ha carecido de orientación estratégica y que se ha vinculado poco con la
ciudadanía y con el sector productivo, teniendo una influencia poco significativa en la
elaboración de políticas públicas.
6. Que, en el actual escenario mundial la ciencia, la tecnología, el conocimiento y la
innovación son agentes transformadores clave para alcanzar un desarrollo integral y sostenible,
los que contribuyen a mejorar la calidad de vida de las personas y a desarrollar los territorios.

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