Decreto número 530, de 2020.- Aprueba Consejo Asesor de la Política Nacional de Desarrollo Rural
Número de registro | CVE-1905504 |
Fecha de publicación | 05 Marzo 2021 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Número de Gaceta | 42.897 |
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.897 | Viernes 5 de Marzo de 2021 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 1905504
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría del Interior
APRUEBA CONSEJO ASESOR DE LA POLÍTICA NACIONAL DE DESARROLLO
RURAL
Núm. 530.- Santiago, 17 de noviembre de 2020.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 24 y 32, Nº 6, de la Constitución Política de la República de
Chile; en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de
la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto con
fuerza de ley Nº 1-19.175, de 2005, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido,
coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre
Gobierno y Administración Regional; la ley Nº 21.074, de fortalecimiento de la regionalización
del país; el decreto supremo Nº 55, de 1986, del Ministerio de Agricultura, que crea la Comisión
Interministerial Asesora del Presidente de la República, para el Desarrollo Rural; el decreto
supremo Nº 19, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Aprueba la Política
Nacional de Desarrollo Rural; y la resolución Nº 7, de la Contraloría General de la República, de
2019, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1.- Que mediante decreto supremo Nº 19, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad
Pública, fue aprobada la Política Nacional de Desarrollo Rural (en adelante también "PNDR"),
cuyo objetivo general es mejorar la calidad de vida y aumentar las oportunidades de la población
que habita en territorios rurales, generando las condiciones adecuadas para su desarrollo integral,
a través de la adopción gradual, planificada y sostenida de un paradigma que concibe un accionar
público con enfoque territorial e integrado en distintos niveles, y que propicia sinergias entre
iniciativas públicas, privadas y de la sociedad civil, y así contribuir a lograr un mayor equilibrio
territorial en el país, potenciando el desarrollo sostenible de sus asentamientos poblados de
menor tamaño.
2.- Que en la estructura de gobernanza a nivel nacional que se señala en la Política Nacional
de Desarrollo Rural, se establece que, para dar continuidad, permanencia e impulsar la
implementación de esta Política, se creará un Consejo Asesor Nacional de Desarrollo Rural de
carácter consultivo y propositivo, con participación de actores del sector público, privado y de la
sociedad civil.
3.- Que por lo anteriormente expuesto es necesaria la creación de este Consejo encargado de
impulsar la implementación de la PNDR, con condiciones de legitimidad, eficacia y
permanencia. Este tendrá el carácter de órgano consultivo y asesor del Presidente de la
República, cuyo pronunciamiento se requerirá en materias de importancia para la ejecución de
esta Política.
Decreto:
Artículo 1.- Créase un Consejo asesor del Presidente de la República que se denominará
"Consejo Asesor Nacional de Desarrollo Rural", en adelante "el Consejo", cuya función será
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