Decreto número 7, de 2020.- Crea Comisión Asesora Ministerial denominada Panel de Expertos para el análisis sobre la cobertura e impacto del Ingreso Familiar de Emergencia de la ley N° 21.230 y su relación con otras iniciativas creadas en razón de la pandemia provocada por Covid-19 - 2 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852216420

Decreto número 7, de 2020.- Crea Comisión Asesora Ministerial denominada Panel de Expertos para el análisis sobre la cobertura e impacto del Ingreso Familiar de Emergencia de la ley N° 21.230 y su relación con otras iniciativas creadas en razón de la pandemia provocada por Covid-19

Número de registroCVE-1840426
Fecha de publicación02 Noviembre 2020
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Número de Gaceta42.794
CVE 1840426 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.794 | Lunes 2 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 1840426
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Subsecretaría de Evaluación Social
CREA COMISIÓN ASESORA MINISTERIAL DENOMINADA "PANEL DE
EXPERTOS PARA EL ANÁLISIS SOBRE LA COBERTURA E IMPACTO DEL
INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA DE LA LEY Nº 21.230 Y SU RELACIÓN
CON OTRAS INICIATIVAS CREADAS EN RAZÓN DE LA PANDEMIA PROVOCADA
POR COVID-19"
Santiago, 1 de octubre de 2020.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 7.
Visto:
Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza
de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº19.880, que Establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del
Estado; en el artículo 1º, apartado I, Nº 21 del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo
Social y Familia y modifica los cuerpos legales que indica; en el decreto supremo Nº15, de 2012,
del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social, que aprueba el
Reglamento del artículo 4 de la ley Nº 20.530, sobre la estructura organizativa interna del
Ministerio de Desarrollo Social; en el decreto supremo Nº104, de 2020, del Ministerio de Interior
y Seguridad Pública, que Declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por
calamidad pública, en el territorio de Chile; en el decreto Nº 400, de 2020, del Ministerio del
Interior y Seguridad Pública, que prorroga declaración de estado de excepción constitucional de
catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, por el paso que indica; en la ley
Nº21.230, de 2020, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, que Concede un Ingreso
Familiar de Emergencia, y sus modificaciones; en la resolución exenta Nº138, de 2020, de la
Subsecretaría de Evaluación Social, y sus modificaciones; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la
Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de
razón.
Considerando:
Que, mediante decreto supremo Nº 104, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad
Pública, el Presidente de la República declaró Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe,
por calamidad pública, en el territorio de Chile, como consecuencia del brote de Covid-19, el
cual ha sido objeto de sucesivas prórrogas, siendo la última de ellas dispuesta por decreto
supremo Nº400 de 2020, de la misma Secretaría de Estado.
Que, con el objeto de ayudar a mitigar las consecuencias negativas de la enfermedad
Covid-19, el Presidente de la República anunció el 19 de marzo de 2020 un Plan Económico de
Emergencia, el cual contemplaba un paquete de medidas económico-social, materializado, entre
otros, en un conjunto de iniciativas legales.
Que, bajo dicho contexto, la ley Nº 21.230, de 2020, del Ministerio de Desarrollo Social y
Familia, concedió un Ingreso Familiar de Emergencia, el cual tiene por objeto entregar una
ayuda económica para los hogares que reciben principalmente ingresos informales y que ante la
emergencia producida por el virus Covid-19, han visto disminuidos sus ingresos debido a que no

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