Elecciones de Integrantes del Consejo de Pesca Recreativa Región de Magallanes y Antártica Chilena
Fecha de publicación | 10 Febrero 2021 |
Número de registro | CVE-1893218 |
Sección | Avisos Destacados |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Número de Gaceta | 42.877 |
CVE 1893218 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública IV
SECCIÓN
LICITACIONES, CONCURSOS, CITACIONES Y EXTRAVÍO DE DOCUMENTOS
Núm. 42.877 | Miércoles 10 de Febrero de 2021 | Página 1 de 2
Avisos
CVE 1893218
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura / Dirección Zonal Región XII de Magallanes y Antártica Chilena
LLAMADO PÚBLICO PARA ELECCIONES DE INTEGRANTES DEL CONSEJO
DE PESCA RECREATIVA REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA
CHILENA
1. MANDATO: Ley Nº 20.256, letra e) del artículo 42 y Reglamento de Elecciones
decreto supremo (Minecon) Nº 138 de 2009.
2. PLAZO DE POSTULACIÓN: 1 mes a partir de la fecha de la presente publicación
(días corridos).
3. POSTULACIÓN A LOS SIGUIENTES CARGOS DE: a) Guías de pesca; b) Clubes
de pesca; c) Operadores turísticos, con domicilio conocido en la Región de Magallanes y
Antártica Chilena.
4. LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN: En sobre cerrado enviado al Director
Zonal de Pesca y Acuicultura de Magallanes y Antártica Chilena de la siguiente forma:
5. REQUISITOS DE POSTULACIÓN:
• Carta firmada por directiva de la organización que participa, con identificación del
postulante (nombre, RUT, teléfono, dirección), y un suplente, indicando la categoría o
cargo al cual se postula¹ (carta tipo).
• Certificado de vigencia de la organización y de las organizaciones que la integren
(apoyen la nominación), en su caso, todas con fecha de constitución previa a esta
publicación.
• Nº de socios y listado de afiliados de la organización y de las organizaciones que la
integren.
• Un representante por cargo, cada organización sólo puede postular a una persona como
titular y un suplente.
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