ESTUDIO JURÍDICO ROJAS VARAS Y COMPAÑÍA LIMITADA 77.614.840-7 - 3 de Diciembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 857442150

ESTUDIO JURÍDICO ROJAS VARAS Y COMPAÑÍA LIMITADA 77.614.840-7

Fecha de publicación03 Diciembre 2020
Número de registroCVE-1858948
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.821
CVE 1858948 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.821 | Jueves 3 de Diciembre de 2020 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 1858948
EXTRACTO
ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta
Notaría de La Serena, con domicilio en Huanhualí N° 324 de esta ciudad, certifica que por
escritura pública Repertorio N° 1.594-2020 de fecha 26 de Noviembre del año 2020, ante mí,
Don JAIME EDUARDO ROJAS VARAS, chileno, casado, abogado, cédula nacional de
identidad y rol único tributario número ocho millones sesenta mil trescientos ochenta y cinco
guion cero; doña INÉS LORENA ROJAS VARAS, chilena, casada, abogada, cédula nacional de
identidad y rol único tributario número nueve millones ciento treinta y un mil novecientos
cuarenta y ocho guion nueve; y doña CAMILA FRANCISCA ROJAS MADRID, chilena,
soltera, abogada, cédula nacional de identidad y rol único tributario dieciséis millones quinientos
cincuenta y ocho mil setecientos treinta guion ocho, todos domiciliados en Pedro Pablo Muñoz
trescientos veintiséis de la ciudad de La Serena, procedieron a modificar “ESTUDIO JURÍDICO
ROJAS VARAS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, que también gira con el nombre de fantasía
“ROJAS VARAS Y COMPAÑÍA ABOGADOS LTDA.” cuyo extracto se encuentra inscrito a
fojas ciento cincuenta y nueve vuelta, bajo el número ciento veintitrés del Registro de Comercio
a cargo del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año dos mil y
publicado en el Diario Oficial número treinta y seis mil seiscientos cincuenta y seis con fecha
seis de mayo del año dos mil. Dicha sociedad fue objeto de una modificación, según consta en
escritura pública de fecha primero de abril del año dos mil dieciséis, otorgada en la notaría de La
Serena, servida por don Rubén Reinoso Herrera, mediante la cual doña Inés Lorena Rojas Varas
vendió y cedió a doña Camila Francisca Rojas Madrid el noventa y seis por ciento del total de
sus derechos en el capital social, y que ascendió al cuarenta y ocho por ciento de éste. Además,
se modificó la cláusula quinta del pacto social, en relación a la administración y uso de la razón
social, la cual corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios. El extracto de dicha
escritura fue publicado en el Diario Oficial número cuarenta y un mil cuatrocientos treinta y siete
de fecha veinte de abril del año dos mil dieciséis inscribiéndose a fojas cuatrocientos veintiocho,
número ciento noventa, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La
Serena, correspondiente al año dos mil dieciséis; cambiando su naturaleza jurídica y
transformándola en SOCIEDAD POR ACCIONES, la que se regirá por lo preceptuado en los
artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, incorporados por la ley
número veinte mil ciento noventa; teniendo además presente las disposiciones del Código Civil y
de la ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas, que versen sobre
materias que no se hubieren estipulado en este acto y, en especial, por el estatuto contenido en la
escritura extractada, la que puede funcionar con el nombre de “ESTUDIO JURÍDICO ROJAS
VARAS Y COMPAÑIA SpA” o “ROJAS VARAS Y COMPAÑÍA ABOGADOS SpA”
constituida por escritura pública de 26.11.2020 ante ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE,
Notario Público Titular de la Sexta Notaría de La Serena. ADMINISTRACIÓN: Se designa
como administrador de la sociedad a don JAIME EDUARDO ROJAS VARAS, OBJETO: El
objeto de la sociedad es la prestación de servicios, asesorías y consultorías en cuestiones legales,
judiciales y legislativas, incluyéndose todas las labores o funciones propias de los abogados, a
personas naturales y jurídicas, comunidades, asociaciones y cualquier tipo de entidades, públicas
o privadas. Así, por ejemplo, sea a través de sus socios u otros profesionales que determine,
podrá absolver consultas y asumir representación y defensa en juicios en todas las materias de
orden civil, pena, tributario, comercial, laboral, administrativo y de cualquier otro orden que se le
encomienden, asumir representación y defensa en todo tipo de gestiones administrativas y
extrajudiciales ante organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, preparar
informes sobre cuestiones legales y estudios de Derecho Comparado, realizar gestiones de
cobranzas, practicar mediaciones y arbitrajes, y en general todos los demás actos y actividades
que se relacionen directa o indirectamente con la abogacía y aquellos que los socios determinen
de común acuerdo. La sociedad podrá inscribirse en los registros de cualquier entidad pública o

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