Extracto de decreto exento número E-544, de 2020.- Otorga concesión gratuita de inmueble fiscal en la Región de Ñuble, a la Junta de Vecinos La Lobería - 12 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852216409

Extracto de decreto exento número E-544, de 2020.- Otorga concesión gratuita de inmueble fiscal en la Región de Ñuble, a la Junta de Vecinos La Lobería

Número de registroCVE-1845160
Fecha de publicación12 Noviembre 2020
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE BIENES NACIONALES
Número de Gaceta42.803
CVE 1845160 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.803 | Jueves 12 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 1
Normas Particulares
CVE 1845160
MINISTERIO DE BIENES NACIONALES
OTORGA CONCESIÓN GRATUITA DE INMUEBLE FISCAL EN LA REGIÓN DE
ÑUBLE, A LA “JUNTA DE VECINOS LA LOBERÍA”
(Extracto)
Mediante decreto exento N° E-544, de 16 de octubre de 2020, el Ministerio de Bienes
Nacionales otorgó en Concesión Gratuita, a la "Junta de Vecinos La Lobería", RUT N°
74.310.600-8, el inmueble fiscal ubicado en Avenida Costanera Alcalde Jaime Vega s/Nº, Sitio
2, comuna de Cobquecura, provincia de Itata, Región de Ñuble; enrolado en el Servicio de
Impuestos Internos con el N° 269-1; inscrito a nombre del Fisco a mayor cabida a fojas 317 N°
537, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Quirihue, correspondiente
al año 1982; singularizado en el Plano N° VIII-I-26.302-C.U.; con una superficie de 175,52 m2.
La concesión se otorga por un plazo de 8 años, contado desde la fecha de suscripción de la
escritura pública de concesión.
La concesión se otorga para destinar el inmueble para el funcionamiento de la Sede
Comunal de la Junta de Vecinos La Lobería. El contrato de concesión deberá suscribirse dentro
del plazo de 30 días, contado desde la fecha de la publicación en el Diario Oficial, del extracto
del decreto de Concesión. El decreto con su texto íntegro se encuentra disponible en el sitio web
del Ministerio de Bienes Nacionales.
Autoriza extracto.- Gerardo Sanz de Undurraga, Jefe División Jurídica.

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