Extracto de resolución exenta N°s. 498, 468, 372, 231, 226, 275, 248, 140, 990, 995, 989, 972 y 969, de 2012 - 15 de Abril de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 778855325

Extracto de resolución exenta N°s. 498, 468, 372, 231, 226, 275, 248, 140, 990, 995, 989, 972 y 969, de 2012

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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.331 | Lunes 15 de Abril de 2019 | Página 1 de 3
Normas Particulares
CVE 1573367
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / XV Región de Arica y Parinacota
NOTIFICACIONES
1.- Res. Ex. N° 498 de 13/06/12: Vistos: ADC N° 3156 de 24/04/2012, cursada a don Hugo
Edgardo Camiletti, argentino, domiciliado en Argentina, por haber portado Charango de
Quirquincho de procedencia peruana, sin documentación de respaldo y sin declararlo; Artículos
8, 11, 12 y 13 de la Ley N° 18.755 de 1989; Ley N° 19.283 de 1994 y en la Resolución N° 1.600
de 2008 de la C.G.R.; Considerando: 1.- Que se ha infringido Ley N° 19.473, sobre Caza; 2.-
Informe Cites N° 07/2012 de 2012; 3.- Que el denunciado no compareció; 4.- El informe emitido
por la Encargado Regional Renare; 5.- Se presume que el denunciado actuó con justa causa de
error. Resuelvo: 1. Absuélvase a don Hugo Edgardo Camiletti, ya individualizado en autos;
Firma: Rodrigo Hernández Muñoz, Director SAG, Región de Arica y Parinacota.
2.- Res. Ex. N° 468 de 30/05/12: Vistos: ADC N° 18009 de 16/04/2012, cursado a don
Marcelo Roberto Borda Robles, boliviano, domiciliado en Bolivia, por no haber efectuado en el
CF Chungará control SAG a camión con carga de procedencia boliviana; Artículos 8, 11, 12 y 13
de la Ley N° 18.755 de 1989; Ley N° 19.283 de 1994 y en la Resolución N° 1.600 de 2008 de la
C.G.R.; Considerando: 1.- Que se ha infringido DL 3.557 de 1981: 2.- Que el denunciado
compareció; 3.- El informe emitido por la Encargada Regional de Controles Fronterizos; 4.- Se
presume que el denunciado actuó con justa causa de error; Resuelvo: 1. Absuélvase a don
Marcelo Roberto Borda Robles, ya individualizado en autos; Firma: Rodrigo Hernández Muñoz,
Director SAG, Región de Arica y Parinacota.
3.- Res. Ex. N° 372 de 25/04/12: Vistos: ADC N° 3153 de 17/04/2012, cursado a don
Gabriel Germano, argentino, domiciliado en Argentina, por haber portado en su equipaje
productos posibles de ser CITES de procedencia boliviana; Artículos 8, 11, 12 y 13 de la Ley
N° 18.755 de 1989; Ley N° 19.283 de 1994 y en la Resolución N° 1.600 de 2008 de la C.G.R.;
Considerando: 1.- Que se ha infringido Ley N° 19.473, sobre Caza; 2.- Acta de entrega del SN
Aduanas; 3.- Acta de Intercepción N° 0054110 de 2012; 4.- Acta de Retención N° 000181 de
2012; 5.- Que el denunciado compareció; 6.- El informe emitido por la Encargado Regional
Renare; Resuelvo: 1. Absuélvase a don Gabriel Germano, ya individualizado en autos; Procédase
al decomiso y destrucción; Firma: José Roberto Rojas, Director SAG, Región de Arica y
Parinacota.
4.- Res. Ex. N° 231 de 12/03/12: Vistos: ADC N° 3129 de 27/02/2012, cursado a don
Fernando Rivera Cárdenas, peruano, domiciliado en Perú, por haber portado una tortuga de
orejas amarillas de procedencia peruana sin documentación de respaldo; Artículos 8, 11, 12 y 13
de la Ley N° 18.755 de 1989; Ley N° 19.283 de 1994 y en la Resolución N° 1.600 de 2008 de la
C.G.R.; Considerando: 1.- Que se ha infringido Ley N° 19.473, sobre Caza; 2.- Que el
denunciado no compareció; 3.- El informe emitido por la Encargado Regional Renare; Resuelvo:
1.- Aplíquese a don Fernando Rivera Cárdena, ya individualizado en autos, una multa de 3
U.T.M.; 2.- Procédase incautación del ejemplar y devuélvase al Perú; Firma: José Roberto Rojas,
Director SAG, Región de Arica y Parinacota.
5.- Res. Ex. N° 226 de 12/03/12: Vistos: ADC N° 216 de 15/02/2012, cursado a don José
Alejandro Mobilia, argentino, domiciliado en Argentina, por haberse comprobado tener su
equipo de frío apagado y no contar con termógrafo en el camión; Artículos 8, 11, 12 y 13 de la
Ley N° 18.755 de 1989; Ley N° 19.283 de 1994 y en la Resolución N° 1.600 de 2008 de la

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