Extracto de resolución exenta número E-2020-630, de 2020.- Autoriza a Centro Ecología Aplicada S.A. para realizar pesca de investigación - 11 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 857506499

Extracto de resolución exenta número E-2020-630, de 2020.- Autoriza a Centro Ecología Aplicada S.A. para realizar pesca de investigación

Fecha de publicación11 Febrero 2021
Número de registroCVE-1893432
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Número de Gaceta42.878
CVE 1893432 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.878 | Jueves 11 de Febrero de 2021 | Página 1 de 1
Normas Particulares
CVE 1893432
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
AUTORIZA A CENTRO ECOLOGÍA APLICADA S.A. PARA REALIZAR PESCA DE
INVESTIGACIÓN QUE INDICA
(Extracto)
Por resolución exenta Nº E-2020-630, de fecha 29/12/2020, de esta Subsecretaría,
autorízase a Centro Ecología Aplicada S.A. para efectuar una pesca de investigación de
conformidad Términos Técnicos de Referencia del proyecto “Monitoreo Limnológico Sectores
de Descargas Plantas de Tratamiento de Aguas Afloradas, Río Maipo, Región Metropolitana”.
El objetivo de la pesca de investigación que por la presente resolución se autoriza consiste
en implementar el seguimiento de limnología de las Plantas de Tratamientos de Aguas Afloradas,
de manera de conocer si las medidas de mitigación son suficientes para hacerse cargo de los
impactos identificados en los ecosistemas acuáticos.
La pesca de investigación se efectuará en un periodo de 24 meses contados desde la fecha
de publicación de la respectiva resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo Nº
174 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, y se ejecutará en la cuenca del río Maipo, Región
Metropolitana de Santiago, donde podrá efectuar los muestreos indicados en la resolución
extractada en los términos allí señalados.
La peticionaria designa como persona responsable de la presente pesca de investigación a
don Manuel Contreras Leiva.
Valparaíso, 29 de diciembre de 2020.- José Pedro Núñez Barruel, Subsecretario de Pesca y
Acuicultura (S).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR