Extracto de resolución exenta número 39, de 2021.- Inicia proceso de participación ciudadana en Declaración de Impacto Ambiental: Parque Fotovoltaico Palto Sunlight
Fecha de publicación | 26 Febrero 2021 |
Número de registro | CVE-1899596 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE |
Número de Gaceta | 42.891 |
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.891 | Viernes 26 de Febrero de 2021 | Página 1 de 1
Normas Generales
CVE 1899596
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Servicio de Evaluación Ambiental / Región de Valparaíso
NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA EN LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL: “PARQUE
FOTOVOLTAICO PALTO SUNLIGHT”
(Extracto)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del D.S. N° 40/2012, del Ministerio del
Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica
que, mediante Resolución Exenta N° 39, de fecha 12 de febrero de 2021, la Directora Regional
del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región de Valparaíso, ha resuelto dar inicio a
un proceso de participación ciudadana en el procedimiento de evaluación ambiental de la
Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Parque Fotovoltaico Palto Sunlight", cuyo
titular es Palto Sunlight SpA, emplazado en la comuna de Quillota, por un plazo de 20 días
hábiles, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300.
Que, conforme a la descripción del proyecto "Parque Fotovoltaico Palto Sunlight", la
tipología en virtud de la cual ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA),
corresponde a aquellas contempladas en el artículo 3 del D.S. N° 40/2012, letra c), que señala a
las centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. El Proyecto produciría carga ambiental de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 94 del D.S. N° 40/2012, ya que generaría beneficios sociales
y ocasionaría externalidades ambientales negativas en localidades próximas a su emplazamiento,
durante su construcción u operación.
Cualquier persona natural o jurídica podrá realizar observaciones al Proyecto según lo
dispuesto en el artículo 95 del D.S. N° 40/2012, y tendrá un plazo legal para efectuarlas ante la
Dirección Regional del SEA, de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente
publicación. Las observaciones deberán formularse por escrito, contener sus fundamentos y
referirse a la evaluación ambiental del Proyecto.
El texto íntegro de la resolución antes individualizada puede ser conocido en:
• Dirección Regional del SEA, ubicada en calle Prat 827, oficina 301, Valparaíso.
• Sitio web www.sea.gob.cl.
•https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docld=28/1e/18ae43cac44
6c95242b64d2443bfa64abe5e.
Paola La Rocca Mattar, Directora Regional, Servicio de Evaluación Ambiental, Región de
Valparaíso.
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