INVERSIONES CCL LIMITADA 77.125.292-3 - 5 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 857270018

INVERSIONES CCL LIMITADA 77.125.292-3

Fecha de publicación05 Febrero 2021
Número de registroCVE-1891367
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.873
CVE 1891367 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.873 | Viernes 5 de Febrero de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1891367
EXTRACTO
Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular Octava Notaria de
Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 31 de
diciembre de 2020, ante mi Suplente don Juan Cristian Berrios Castro, don JOSÉ IGNACIO
CAMUS JARA, domiciliado en calle Fray Luís de León N°12.872, Las Condes; EUGENIO
ANDRÉS CAMUS JARA, por sí y en representación de ECLIPSE SpA, ambos domiciliados en
calle Las Nieves N°3366, departamento N°154, Vitacura; y, ASESORÍAS E INVERSIONES
TERROIR LIMITADA, domiciliada en calle Armando Jaramillo N°1491, departamento N°
1104, Vitacura, acordaron modificar la sociedad INVERSIONES CCL LIMITADA (en adelante,
la “Sociedad”) inscrita a fojas 11287 número 5937 en el Registro de Comercio del Conservador
de Bienes Raíces de Santiago correspondientes al año 2020, en los siguientes términos: Uno)
Cesión de derechos sociales. Por escritura pública de fecha 9 de noviembre de 2020, otorgada en
la Notaría de Santiago de don Luís Ignacio Manquehual Mery, cuyo extracto fue inscrito a fojas
74.721, número 35.889 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago
correspondiente al año 2020 y publicado en el Diario Oficial de fecha 14 de noviembre del
mismo año, don Eugenio Andrés Camus Jara, aportó en dominio pleno, la totalidad de sus
derechos sociales en la Sociedad, correspondientes a un tercio, a la sociedad Eclipse SpA, rol
único tributario Nº 77.266.061-8, la que los aceptó y adquirió para sí. Dos) Nueva Composición
societaria. Como consecuencia del aporte referido en el punto Uno) anterior, quedaron como
únicos socios de la Sociedad: a) don José Ignacio Camus Jara, quien aportó la suma de nueve
millones cuatrocientos cuarenta y seis mil ochenta y tres pesos, equivalentes a un tercio de los
derechos sociales; b) Eclipse SpA, que aportó la suma de nueve millones cuatrocientos cuarenta
y seis mil ochenta y tres pesos, equivalentes a un tercio de los derechos sociales; y, c) Asesorías
e Inversiones Terroir Limitada, que aportó la suma de nueve millones cuatrocientos cuarenta y
seis mil ochenta y tres pesos, equivalentes a un tercio de los derechos sociales. Tres)
Modificación de estatutos. Como consecuencia de la cesión de derechos y entrada de nuevos
socios, se acuerda reemplazar el artículo quinto de los estatutos sociales, por el siguiente nuevo:
“ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad es la suma de veintiocho millones
trescientos treinta y ocho mil doscientos cuarenta y nueve pesos, que los socios aportan y enteran
de la siguiente forma: Uno) Don José Ignacio Camus Jara aporta y entera la suma de nueve
millones cuatrocientos cuarenta y seis mil ochenta y tres pesos, equivalentes a un tercio del total
del capital social, que paga en este acto al contado y en dinero en efectivo; Dos) Eclipse SpA
aporta y entera la suma de nueve millones cuatrocientos cuarenta y seis mil ochenta y tres pesos,
equivalentes a un tercio del total del capital social, que paga en este acto al contado y en dinero
en efectivo; y, Tres) Asesorías e Inversiones Terroir Limitada aporta y entera la suma de nueve
millones cuatrocientos cuarenta y seis mil ochenta y tres pesos, equivalentes a un tercio del total
del capital social, que paga en este acto al contado y en dinero en efectivo.” En todo lo no
modificado, se mantienen las estipulaciones contenidas en los estatutos sociales de la Sociedad.
Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de enero de 2021.

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