Louis - Empresa de Servicios Transitorios San Fernando SpA - 15 de Abril de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 866078027

Louis - Empresa de Servicios Transitorios San Fernando SpA

Número de registroCVE-1920102
Fecha de publicación15 Abril 2021
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.930
CVE 1920102 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.930 | Jueves 15 de Abril de 2021 | Página 1 de 1
Publicaciones Judiciales
CVE 1920102
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, San Martín 950 piso 7, en
causa RIT C-1117-2021, RUC 19-4-0197996-7, caratulada “LOUIS/EMPRESA DE
SERVICIOS TRANSITORIOS SAN FERNAN”, y con fecha 23 de marzo de 2021 se ha
ordenado notificar a la ejecutada Empresa de Servicios Transitorios San Fernando SpA, RUT
76.868.284-4, representada por Salvatore Roberto Puccinelli Undurraga, cédula de identidad
19.438.084-4, dicha resolución conjuntamente con liquidación del crédito de 19 de marzo de
2021. Requerimiento de pago: “Santiago, veintitrés de marzo de dos mil veintiuno. Requiérase a
don SALVATORE ROBERTO PUCCINELLI UNDURRAGA, en representación de EMPRESA
DE SERVICIOS TRANSITORIOS SAN FERNANDO SpA, para que dentro del plazo de cinco
días establecido en el artículo 466 del Código del Trabajo, pague a don MARITZA LOUIS, o a
quien sus derechos represente, la suma de $112.258 (ciento doce mil doscientos cincuenta y ocho
pesos), más reajustes, intereses y costas. La liquidación del crédito deberá notificarse por Carta
certificada a la demandante, la que se tendrá por aprobada si en el plazo de cinco días no fuere
objetada en los términos que dispone el artículo 469 del Código del Trabajo. Asimismo, junto
con la liquidación se notificará el requerimiento al demandado, quien tendrá el plazo de cinco
días para oponer las excepciones de conformidad a lo previsto en el artículo 470 del Código del
Trabajo. En virtud de los principios de celeridad y de oficialidad, consagrados en el artículo 425
del Código del Trabajo, en relación al artículo 465 del mismo cuerpo legal, se decretan las
siguientes diligencias: 1) Ofíciese a la Tesorería General de la República para los efectos de
proceder a la retención a que se refiere el artículo 467 del Código del Trabajo, hasta por la suma
de $112.258 (ciento doce mil doscientos cincuenta y ocho pesos). 2) A través de la vía que se
encuentra autorizada para el efecto, el funcionario habilitado del tribunal, deberá obtener e
incorporar a la presente causa la información que se registre en la Comisión para el Mercado
Financiero, relativa a las entidades bancarias y financieras en que mantenga acreencias la
demandada EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS SAN FERNANDO SpA RUT
76868284-4. 3) Asimismo, a través de la vía que se encuentra autorizada para el efecto, el
funcionario habilitado del tribunal, deberá obtener e incorporar a la presente causa información
que se registre en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e
Identificación, relativa a inscripción de vehículos a nombre de la demandada EMPRESA DE
SERVICIOS TRANSITORIOS SAN FERNANDO SpA RUT 76868284- Estese al mérito de lo
resuelto con fecha cuatro de octubre de dos mil dieciocho. Sin perjuicio de lo resuelto, conforme
al mérito del proceso declarativo y verificándose los presupuestos previstos en el Artículo 439
del Código del Trabajo, se ordena notificar a la ejecutada EMPRESA DE SERVICIOS
TRANSITORIOS SAN FERNANDO SpA, RUT 768682844 representada por don
SALVATORE ROBERTO PUCCINELLI UNDURRAGA, Cédula de Identidad 194380844, la
presente resolución y la liquidación del crédito conjuntamente, mediante publicación de un aviso
en el Diario Oficial, y de acuerdo a un extracto que redacte el ministro de fe del Tribunal. RIT
C-1117-2021 RUC 19-4-0197996-7. Proveyó don(a) Cecilia Paz Agüero Calvo, Juez Titular del
Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. En Santiago a veintitrés de marzo de
dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente.” Liquidación:
Practicada por el Tribunal con fecha 19 de marzo del año en curso, que arroja un total de
$112.258. Santiago veintiséis de marzo de dos mil veintiuno. RIT C-1117-2021 RUC
19-4-0197996-7.- Paola Milagros Guerra Quijada, Jefe de Unidad de Causas y Liquidaciones.

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