Resolución exenta número 1.632, de 2020.- Modifica resoluciones exentas Nº 536, y Nº 1.266, de 2020, que llaman a grupos organizados y a Cooperativas Cerradas de Vivienda, respectivamente, a procesos de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el decreto Nº 49, de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva, para la adquisición de terrenos y desarrollo de proyectos de construcción en nuevos terrenos - 18 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852217202

Resolución exenta número 1.632, de 2020.- Modifica resoluciones exentas Nº 536, y Nº 1.266, de 2020, que llaman a grupos organizados y a Cooperativas Cerradas de Vivienda, respectivamente, a procesos de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el decreto Nº 49, de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva, para la adquisición de terrenos y desarrollo de proyectos de construcción en nuevos terrenos

Número de registroCVE-1848240
Fecha de publicación18 Noviembre 2020
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta42.808
CVE 1848240 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.808 | Miércoles 18 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1848240
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
MODIFICA LAS RESOLUCIONES EXENTAS Nº 536 (V. Y U.), DE 2020, Y Nº 1.266 (V.
Y U.), DE 2020, QUE LLAMAN A GRUPOS ORGANIZADOS Y A COOPERATIVAS
CERRADAS DE VIVIENDA, RESPECTIVAMENTE, A PROCESOS DE SELECCIÓN
EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL
PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA,
REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, EN LA
ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA, PARA LA ADQUISICIÓN DE
TERRENOS Y DESARROLLO DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS
TERRENOS, EN EL SENTIDO QUE INDICA
(Resolución)
Santiago, 12 de noviembre de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.632 exenta.
Visto:
a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa
Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en adelante también DS Nº 49;
b) La resolución exenta Nº 536 (V. y U.), de fecha 23 de marzo de 2020, y sus
modificaciones, que llama a grupos organizados a proceso de selección en condiciones especiales
para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de
Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de
postulación colectiva, para la adquisición de terrenos y desarrollo de proyectos de Construcción
en Nuevos Terrenos;
c) La resolución exenta Nº 1.266 (V. y U.), de fecha 20 de agosto de 2020, que llama a
proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa
Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de
2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva, a Cooperativas Cerradas
de Vivienda para el desarrollo de proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, en las regiones
que indica, y
Considerando:
a) Que, es necesario modificar los plazos para el proceso de revisión, evaluación y
rectificación de los antecedentes exigidos para la postulación de las familias en los llamados
establecidos mediante las resoluciones citadas en los Visto b) y c), producto de las dificultades
presentadas por la plataforma informática de soporte;
b) Que es necesario flexibilizar las condiciones de presentación de proyectos para las
Cooperativas Cerradas de Vivienda, relacionadas con la identificación de los terrenos donde
desarrollarán sus proyectos, facilitando su participación en el llamado efectuado mediante
resolución citada en el Visto c);
c) Los correos electrónicos de fechaS 3 y 5 de noviembre de 2020, que dan cuenta de la
conformidad del Jefe de División de Política Habitacional y de la Jefa de División Jurídica con el
tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente

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