Resolución exenta número 1.588, de 2020.- Modifica resolución Nº 923 exenta, de 2020, llama a postulación en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el decreto Nº 255, de 2006, destinado a la atención de familias que residan en viviendas antiguas, y/o patrimoniales emplazadas en zonas típicas y/o zonas de conservación histórica de las regiones de Coquimbo, Valparaíso y Metropolitana, y fija condiciones para su aplicación, y monto de recursos disponibles - 10 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852217513

Resolución exenta número 1.588, de 2020.- Modifica resolución Nº 923 exenta, de 2020, llama a postulación en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el decreto Nº 255, de 2006, destinado a la atención de familias que residan en viviendas antiguas, y/o patrimoniales emplazadas en zonas típicas y/o zonas de conservación histórica de las regiones de Coquimbo, Valparaíso y Metropolitana, y fija condiciones para su aplicación, y monto de recursos disponibles

Número de registroCVE-1844460
Fecha de publicación10 Noviembre 2020
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta42.801
CVE 1844460 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.801 | Martes 10 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 1844460
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 923 EXENTA (V. Y U.), DE 2020, LLAMA A
POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE
PROYECTOS DEL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA DEL
PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR REGULADO POR
EL DS Nº 255 (V. Y U.), DE 2006, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE FAMILIAS QUE
RESIDAN EN VIVIENDAS ANTIGUAS, Y/O PATRIMONIALES EMPLAZADAS EN
ZONAS TÍPICAS Y/O ZONAS DE CONSERVACIÓN HISTÓRICA DE LAS REGIONES
DE COQUIMBO, VALPARAÍSO Y METROPOLITANA, Y FIJA CONDICIONES PARA
SU APLICACIÓN, Y MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES
(Resolución)
Núm. 1.588 exenta.- Santiago, 5 de noviembre de 2020.
Visto:
a) El DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de
Protección del Patrimonio Familiar, en especial lo señalado en la letra d) del artículo 13;
b) La resolución exenta Nº 41 (V. y U.), de fecha 9 de enero de 2020, y su modificación,
que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020 en el
otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre
otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el
DS Nº 255 (V. y U.), de 2006.
c) El decreto supremo Nº 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública, publicado con la misma fecha en el Diario Oficial, que declaró el estado de
excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio chileno por un
plazo de 90 días, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8º de la ley 18.415, cuya última
prórroga fue sancionada por decreto supremo Nº 400, de 10 de septiembre de 2020, de la misma
Cartera de Estado.
d) La resolución exenta Nº 923 (V. y U.) de fecha 4 de junio de 2020, que llama a
postulación en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Título II, Mejoramiento
de la Vivienda del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el DS Nº 255
(V. y U.), de 2006, destinado a la atención de familias que residan en Viviendas Antiguas, y/o
Patrimoniales emplazadas en zonas Típicas y/o zonas de Conservación Histórica de las regiones
de Coquimbo, Valparaíso, y Metropolitana, y fija condiciones para su aplicación, y monto de
recursos disponibles, y
Considerando:
1. La necesidad de realizar adecuaciones de carácter administrativo para el correcto
desarrollo del llamado citado en el Visto d) precedente.
2. El alto número de Viviendas Antiguas y/o Patrimoniales emplazadas en Zona Típica o
Zona de Conservación Histórica existente en la Región de Los Ríos que requieren ser atendidas
para detener el alto nivel de deterioro que presenta.
3. Que debido al estado de catástrofe que enfrenta el país por la propagación del coronavirus
o Covid-19, es necesario la flexibilización de los procesos de participación de los beneficiarios
4. Los correos electrónicos de fecha 5 y 9 de octubre de 2020 que dan cuenta de la
conformidad de los Jefes de División de Política Habitacional y Jurídica, de este Ministerio,
respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente,

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