Resolución exenta número 1.776, de 2020.- Pone término a proceso de cálculo de las fórmulas tarifarias de Nuevosur S.A., período 2021-2026 - 24 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 862008959

Resolución exenta número 1.776, de 2020.- Pone término a proceso de cálculo de las fórmulas tarifarias de Nuevosur S.A., período 2021-2026

Número de registroCVE-1900010
Fecha de publicación24 Febrero 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Número de Gaceta42.889
CVE 1900010 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.889 | Miércoles 24 de Febrero de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1900010
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Superintendencia de Servicios Sanitarios
PONE TÉRMINO A PROCESO DE CÁLCULO DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS DE
NUEVOSUR S.A., PERÍODO 2021-2026
(Resolución)
Núm 1.776 exenta.- Santiago, 20 de octubre de 2020.
Vistos:
Lo dispuesto en las leyes N° 18.902 y N° 19.880; el DFL MOP N° 70/88 (Ley de Tarifas) y
el DS Minecon N° 453/89 (Reglamento); aviso en el Diario Oficial de fecha 13 de abril de 2020
comunicando que se hallan disponibles las Bases Preliminares sobre las cuales se efectuará el
estudio tarifario aplicable a Nuevosur S.A. (el prestador); la resolución SISS N° 1.107 de 11 de
junio de 2020 que suspende plazo parar formular observaciones; la resolución SISS N° 1.506 de
27 de agosto de 2020 y sus antecedentes, que aprueba prórroga de las fórmulas tarifarias de
Nuevosur S.A.; la resolución N° 7/2019 de la Contraloría General de la República y el DS MOP
N° 302/19.
Considerando:
Primero: Que, con fecha 13 de abril de 2020, la Superintendencia informó mediante
inserción en el Diario Oficial que se encontraban a disposición del público y los prestadores, las
Bases Preliminares para elaborar los estudios para determinar las fórmulas tarifarias de la
concesionaria Nuevosur S.A., para el período 2021-2026, comenzando a correr el plazo de 60
días para que cualquiera con interés comprometido formulase observaciones a dichas bases,
término que se suspendió mediante resolución SISS N° 1.107/20.
Segundo: Que, posteriormente, esta Superintendencia y el prestador acordaron prorrogar por
otro período de 5 años contados desde el 13 de septiembre de 2021, las fórmulas tarifarias
vigentes para los servicios públicos de producción y distribución de agua potable y recolección y
disposición de aguas servidas de que es titular del derecho de explotación Nuevosur S.A., fijadas
mediante decreto supremo Minecon N° 152 de 29 de agosto de 2016.
Tercero: Que, dicho acuerdo se suscribió dentro del plazo previsto en el inciso primero del
artículo 12° de la Ley de Tarifas y habiéndose comprobado la inexistencia de cambios relevantes
en los supuestos hechos para el cálculo de dichas fórmulas. Este acuerdo consta en acta de fecha
11 de julio de 2020 y fue aprobado mediante resolución SISS N° 1.506 de 27 de agosto de 2020
en los términos que exige el artículo 12° B de la referida ley, dejándose constancia expresa que
no se recibieron observaciones a dicha prórroga dentro del plazo de 20 días que contempla la ley.
Cuarto: Que, conforme con lo anterior y consistente con lo dispuesto en el inciso tercero del
artículo 14° de la ley N° 19.880, hay fundamento legal para poner término al proceso de cálculo
tarifario iniciado mediante publicación inserta en el Diario Oficial de fecha 13 de abril de 2020,
por cuanto el objeto o finalidad de dicho proceso ha desaparecido al haberse aprobado la
prórroga tarifaria descrita en el punto anterior.
Por tanto,
Resuelvo:
1. Pónese término al proceso de cálculo de las fórmulas tarifarias de la empresa Nuevosur
S.A. para el período 2021-2026, en virtud de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 14° de

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