Resolución exenta número 1.258, de 2021.- Aprueba Plan de cierre de sede que indica del Instituto Profesional Los Leones - 24 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 862090367

Resolución exenta número 1.258, de 2021.- Aprueba Plan de cierre de sede que indica del Instituto Profesional Los Leones

EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
SecciónNormas Particulares
Fecha de publicación24 Febrero 2021
Número de registroCVE-1900118
Número de Gaceta42.889
CVE 1900118 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.889 | Miércoles 24 de Febrero de 2021 | Página 1 de 4
Normas Particulares
CVE 1900118
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación Superior
APRUEBA PLAN DE CIERRE DE SEDE QUE SE INDICA DEL INSTITUTO
PROFESIONAL LOS LEONES
(Resolución)
Núm. 1.258 exenta.- Santiago, 18 de febrero de 2021.
Considerando:
1) Que, el Instituto Profesional Los Leones ha sido creado y organizado en virtud de las
normas contenidas en el DFL N° 5 de 1981, de Educación, mediante decreto exento N° 36, de 29
de enero de 1990, modificado por decreto exento N° 198, de 30 de abril de 1993, ambos de
Educación, e inscrito en el Registro correspondiente con el N° 61;
2) Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 110, del DFL N° 2, de 2009, de Educación,
publicado en el Diario Oficial el 2 de julio de 2010, que fija texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley N° 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del
DFL N° 1, de 2005, se considera de pleno derecho reconocido oficialmente;
3) Que, mediante resolución exenta N° 15.103, de 22 de diciembre de 2004, de Educación,
el Instituto Profesional Los Leones, obtuvo su plena autonomía en virtud de la ley N° 18.962,
Orgánica Constitucional de Enseñanza y, en consecuencia, puede otorgar independientemente
toda clase de títulos profesionales, con excepción de aquellos que, conforme a la ley, requieren
haber obtenido el grado de licenciado y títulos técnicos de nivel superior en el ámbito de los
títulos profesionales;
4) Que, en virtud de su plena autonomía el Instituto Profesional Los Leones, abrió sede en
la ciudad de Viña del Mar en el año 2013, impartiendo las carreras de Construcción Civil,
Contador Auditor, Contador General, Educación Parvularia, Ingeniería en Administración de
Negocios y Gestión Comercial, Ingeniería en Marketing, Psicopedagogía, Relaciones Públicas,
Servicio Social, Técnico en Educación Parvularia, Técnico en Negocios y Gestión Comercial,
Técnico en Construcción, y Técnico en Marketing;
5) Que, con fecha 17 de julio de 2019, mediante Ord. N° 18/2019, el Rector del Instituto
Profesional Los Leones informó a la entonces División de Educación Superior, actual
Subsecretaría del ramo, el cierre programado voluntario de la Sede de Viña del Mar, conforme a
lo acordado por la Junta Directiva de la institución en su sesión ordinaria de fecha 11 de abril de
2019 debido según se indica, entre otros factores, a la baja matrícula experimentada en los
últimos años y que se exhibe un déficit para el presupuesto de dicha sede para el año 2019.
Asimismo, presentó un Plan de Cierre inicial de la mencionada Sede;
6) Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 74, del DFL N° 2, de 2009, de Educación
(en adelante DFL N° 2 de 2009), publicado en el Diario Oficial el 2 de julio de 2010, que fija
texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370, Ley General de Educación, con
las normas no derogadas del DFL N° 1, de 2005, y en la ley N° 21.091, sobre Educación
Superior, por decreto supremo fundado del Ministerio de Educación, previo acuerdo del Consejo
Nacional de Educación, adoptado por mayoría de sus miembros, en sesión convocada a ese solo
efecto, y escuchada la entidad afectada, se podrá revocar el reconocimiento oficial de la sede de
la institución;
7) Que, por su parte el artículo 25 ter de la ley N° 20.129, dispone que: "Para efectos del
cierre de una sede, carrera o programa, las instituciones de educación superior deberán presentar
un Plan de Cierre a la Subsecretaría de Educación Superior, el que previamente deberá ser

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