Resolución exenta número 1.259, de 2021.- Reconoce los títulos expedidos por las universidades del Reino Unido que indica, en el marco del Acuerdo de reconocimiento mutuo de títulos y grados entre la República de Chile y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte - 24 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 862090373

Resolución exenta número 1.259, de 2021.- Reconoce los títulos expedidos por las universidades del Reino Unido que indica, en el marco del Acuerdo de reconocimiento mutuo de títulos y grados entre la República de Chile y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

Fecha de publicación24 Febrero 2021
Número de registroCVE-1900117
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Número de Gaceta42.889
CVE 1900117 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.889 | Miércoles 24 de Febrero de 2021 | Página 1 de 3
Normas Particulares
CVE 1900117
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación Superior
RECONOCE LOS TÍTULOS EXPEDIDO POR LAS UNIVERSIDADES DEL REINO
UNIDO QUE INDICA, EN EL MARCO DEL ACUERDO DE RECONOCIMIENTO
MUTUO DE TÍTULOS Y GRADOS ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL REINO
UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE
(Resolución)
Núm. 1.259 exenta.- Santiago, 18 de febrero de 2021.
Considerando:
Que, el DFL Nº 1/19.563, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que
fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional
de Bases Generales de la Administración del Estado, establece que la actuación de sus órganos
están al servicio de la persona humana, propendiendo al bien común, atendiendo las necesidades
públicas en forma continua y permanente, mediante el ejercicio de las atribuciones conferidas
por la Constitución y la ley y, de la aprobación, ejecución y control de políticas, planes,
programas y acciones de alcance nacional, regional y comunal; sometiendo su proceder a los
principios de eficiencia, eficacia y, coordinación, entre otros principios orientadores del
ordenamiento administrativo.
Que, en dicho contexto, corresponde que este Ministerio de Educación adopte las medidas
y, asimismo, genere las condiciones que sean necesarias para el efectivo cumplimiento de los
fines que le son propios.
Que, mediante el decreto Nº 15, de 2018, del Ministerio de Relaciones Exteriores, fue
promulgado el "Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Títulos y Grados entre la República de
Chile y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte", suscrito el 13 de mayo de 2016, en
la ciudad de Londres.
Que, asimismo, el primer párrafo del artículo 7 del referido Acuerdo, dispone que "Las
Partes se notificarán mutuamente a través de notas diplomáticas del cumplimiento de los
requisitos legales internos necesarios para la entrada en vigor del presente Acuerdo, el que
entrará en vigor 90 (noventa) días después de la fecha de recibo de la última notificación cursada
por las Partes para tal efecto.".
Que, habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el señalado primer párrafo del
artículo 7 del referido Acuerdo, éste entró en vigor internacional el día 22 de abril de 2018.
Que, en virtud del Acuerdo, en la República de Chile, la solicitud de reconocimiento de
títulos (qualifications) o grados otorgados en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
procederá siempre que:
a) Se trate de títulos (qualifications) o grados;
b) Que los títulos (qualifications) o grados hayan sido otorgados por universidades y otras
instituciones de educación listadas en la Orden de Educación 2013 (Recognised
Bodies/Instituciones Reconocidas) (Inglaterra) o por aquellas instituciones educacionales para las
cuales el ex Consejo de Distinciones Académicas Nacionales era el cuerpo de otorgamiento de
grados entre 1964 y 1993.
c) Cuente con la correspondiente habilitación para el ejercicio profesional en el Reino
Unido, para el ejercicio de profesiones reguladas del Reino Unido.

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