Resolución exenta número 133, de 2021.- Ordena a los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas cuyos puntos de captación se encuentran ubicados en la Región de Atacama, específicamente en la cuenca denominada Quebrada Carrizal y Costeras hasta Río Huasco, Región de Atacama, instalar y mantener sistemas de medición y de transmisión de extracciones efectivas - 1 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 862084690

Resolución exenta número 133, de 2021.- Ordena a los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas cuyos puntos de captación se encuentran ubicados en la Región de Atacama, específicamente en la cuenca denominada Quebrada Carrizal y Costeras hasta Río Huasco, Región de Atacama, instalar y mantener sistemas de medición y de transmisión de extracciones efectivas

Fecha de publicación01 Marzo 2021
Número de registroCVE-1900785
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Número de Gaceta42.893
CVE 1900785 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.893 | Lunes 1 de Marzo de 2021 | Página 1 de 5
Normas Generales
CVE 1900785
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Dirección General de Aguas / Región de Atacama
ORDENA A LOS TITULARES DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS
SUBTERRÁNEAS CUYOS PUNTOS DE CAPTACIÓN SE ENCUENTRAN UBICADOS
EN LA REGIÓN DE ATACAMA, ESPECÍFICAMENTE EN LA CUENCA
DENOMINADA QUEBRADA CARRIZAL Y COSTERAS HASTA RÍO HUASCO,
REGIÓN DE ATACAMA, INSTALAR Y MANTENER SISTEMAS DE MEDICIÓN Y DE
TRANSMISIÓN DE EXTRACCIONES EFECTIVAS
(Resolución)
Núm. 133 exenta.- Copiapó, 18 de febrero de 2021.
Vistos:
1. Lo dispuesto en la ley Nº 21.064, publicada en el Diario Oficial con fecha 27 de enero de
2018, que "Introduce Modificaciones al Marco Normativo que Rige las Aguas en Materia de
Fiscalización y Sanciones";
2. Lo dispuesto en los artículos 67, 68, 122, 299 y 300 letra c) del Código de Aguas;
3. Lo dispuesto en los artículos 38 y 40 del decreto Nº 203, que "Aprueba Reglamento
Sobre Normas de Exploración y Explotación de Aguas Subterráneas";
4. La resolución Nº 7, del año 2019, de la Contraloría General de la República, que fija
normas sobre exención del trámite de toma de razón;
5. La resolución DGA Nº 24, de 9 de noviembre de 2018;
6. La resolución DGA (exenta) Nº 1.238, de fecha 21 de junio de 2019, rectificada por la
resolución DGA (exenta) Nº 564, de 13 de abril de 2020, que determina las condiciones técnicas
y los plazos a nivel nacional para cumplir con la obligación de instalar y mantener un sistema de
monitoreo y transmisión de extracciones efectivas en las obras de captación de aguas
subterráneas;
7. La resolución DGA Región de Atacama (exenta) Nº 132 de fecha 18 de febrero de 2021.
8. Las atribuciones que me confiere la resolución DGA (exenta) Nº 2.686, de 19 de octubre
de 2018, que modificó la resolución DGA Nº 56, de 27 de septiembre de 2013, y
Considerando:
1. Que, el artículo 67, inciso , del Código de Aguas, dispone: "Los titulares de los
derechos de aprovechamiento, provisionales o definitivos, concedidos tanto en zonas declaradas
de prohibición como en áreas de restricción, deberán instalar y mantener un sistema de medición
de caudales y volúmenes extraídos, de control de niveles freáticos y un sistema de transmisión de
la información que se obtenga al respecto. Esta información deberá ser siempre entregada a la
Dirección General de Aguas cuando ésta la requiera."
2. Que, a mayor abundamiento, y según lo previsto en el artículo 68 del citado Código, la
Dirección General de Aguas podrá exigir la instalación y mantención de sistemas de medición de
caudales, de volúmenes extraídos y de niveles freáticos en las obras, además de un sistema de
transmisión de la información que se obtenga al respecto. En el caso de los derechos de

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