Resolución exenta número 202100117, de 2021.- Modifica resolución N° 546, de 2019
Fecha de publicación | 04 Febrero 2021 |
Número de registro | CVE-1890736 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Número de Gaceta | 42.872 |
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.872 | Jueves 4 de Febrero de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1890736
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 546, DE 2019, DE ESTA PROCEDENCIA, EN LOS
TÉRMINOS QUE SE INDICA
(Resolución)
Núm. 202100117 exenta.- Santiago, 28 de enero de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el
decreto con fuerza de ley N° 1-18.834, de 1990, del entonces Ministerio de Economía, Fomento
y Reconstrucción; en las resoluciones administrativas exentas Nos 1.253, de 2018, 118, y 546,
ambas de 2019, de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño; y, en las
resoluciones Nos 6, y 7, todas de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, el artículo 41 de la ley N° 18.575, establece la posibilidad de delegar el ejercicio de
atribuciones y facultades propias, en los términos y con los requisitos allí anotados.
2. Que, mediante resolución administrativa exenta N° 1.253, de 2018, de esta Subsecretaría
de Economía y Empresas de Menor Tamaño, el Subsecretario de Economía y Empresas de
Menor Tamaño, delegó el ejercicio de atribuciones y la facultad de firmar en las materias que se
indican, en los cargos que se señalan.
3. Que, mediante resolución administrativa exenta N° 118, de 2019, a contar del 28 de enero
de esa anualidad, se dejó sin efecto la delegación entregada a los Secretarios Regionales
Ministeriales de Economía, Fomento y Turismo, respecto de la materia que se indica.
4. Que, mediante resolución administrativa N° 546, de 2019, de esta Subsecretaría de
Estado, se delegó en la Jefa de la División Jurídica, la facultad que se indica, respecto de todas
las regiones, excepto de la Región de Valparaíso: "El ejercicio de la facultad referida en el
artículo 5° de la ley N° 19.896, de visar los decretos o resoluciones que aprueben la contratación
de personas naturales a honorarios en los órganos y servicios públicos incluidos en la ley de
presupuestos, y a las contrataciones en el mismo servicio con aplicación de lo dispuesto en la
letra d) del artículo 81 de la ley N° 18.834".
5. Que, por razones de buen servicio, con la finalidad de garantizar la continuidad del
mismo, así como optimizar los tiempos de respuesta y dar mayor fluidez al proceso de visación
de los contratos de prestación de servicios de los servicios dependientes y relacionados de esta
repartición pública, se ha decidido modificar la aludida resolución, en el sentido de incluir a otros
funcionarios en la visación de dichos actos administrativos.
Resuelvo:
Artículo primero: Intercálese en el artículo único de la resolución administrativa exenta N°
546, de 18 de marzo de 2019, de esta procedencia, a continuación de la frase Jefa de la División
Jurídica, de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, la expresión "o quien
la subrogue".
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