Resolución exenta número 287, de 2020.- Aprueba integrantes del Consejo de la Sociedad Civil como mecanismo de participación ciudadana del Consejo para la Transparencia - 20 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852216647

Resolución exenta número 287, de 2020.- Aprueba integrantes del Consejo de la Sociedad Civil como mecanismo de participación ciudadana del Consejo para la Transparencia

Número de registroCVE-1852072
Fecha de publicación20 Noviembre 2020
SecciónNormas Generales
EmisorCONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA
Número de Gaceta42.810
CVE 1852072 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.810 | Viernes 20 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 1852072
CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA
APRUEBA INTEGRANTES DEL CONSEJO DE LA SOCIEDAD CIVIL -COSOC-
COMO MECANISMO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL CONSEJO PARA
LA TRANSPARENCIA
(Resolución)
Núm. 287 exenta.- Santiago, 18 de noviembre de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la
Información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo primero de la ley
20.285, especialmente sus artículos 33, letra c), y 42, letra b); en la ley N° 19.880, que
establece Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la
Administración del Estado; en la ley N° 20.500 sobre Asociación y Participación Ciudadana en
la Gestión Pública; en la resolución exenta N° 192, de 18 de agosto de 2020, del Consejo, que
Ejecuta Acuerdo del Consejo Directivo sobre Política de Participación Ciudadana del Consejo
para la Transparencia, y deja sin efecto la resolución exenta N°7, de 2015; en la resolución
exenta N° 230, de 15 de octubre de 2020, del Consejo, que aprueba Reglamento del Consejo de
la Sociedad Civil del Consejo para la Transparencia y deja sin efecto la resolución exenta
287, de 2016; en la resolución exenta N° 167, de 23 de abril de 2015, del Consejo para la
Transparencia, que aprueba Reglamento de Suplencias y Subrogaciones del Consejo para la
Transparencia, modificado por resolución exenta N° 425, de 14 de agosto de 2019; la resolución
exenta N° 127, de 3 de junio de 2020, del Consejo para la Transparencia, que aprobó la
modificación del contrato de trabajo suscrita con don David Ibaceta Medina, designándolo
Director Jurídico Titular de esta Corporación; y la resolución exenta N° 194, de 27 de agosto de
2020, del Consejo para la Transparencia, que designa a don David Ibaceta Medina como Director
General Suplente de esta Corporación.
Considerando:
a) Que, el Consejo para la Transparencia es una corporación autónoma de derecho público,
con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya misión es contribuir a fortalecer la
democracia en Chile a través de la rendición de cuentas y el control social, al garantizar el
derecho de acceso a la información pública, la transparencia y velar por la protección de los
datos personales.
b) Que, el Consejo se adscribe voluntariamente a la Ley N°20.500 sobre Asociación y
Participación Ciudadana en la Gestión Pública, norma orientada a alcanzar una activa
intervención e involucramiento de la ciudadanía en el diseño y elaboración de las decisiones
públicas, que supone la apertura de espacios y mecanismos de articulación entre los órganos
públicos y los diversos actores sociales, así como la creación de instrumentos y procedimientos a
disposición de los ciudadanos, que faciliten su intervención e involucramiento.
c) Que, en ese contexto, mediante resolución exenta N° 192, de 18 de agosto de 2020, el
Consejo ejecutó el acuerdo adoptado por su Consejo Directivo, en Sesión Ordinaria N° 1.113,
celebrada el 9 de julio de 2020, que aprobó la nueva Política de Participación Ciudadana.
d) Que, conforme a esa nueva política, se encausa el objetivo del Consejo de la Sociedad
Civil del Consejo para la Transparencia -en adelante COSOC- hacia una profundización de la
participación ciudadana, que considere la opinión de las organizaciones sociales y organismos

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