Resolución exenta número 366, de 2019.- Establece valores superiores e inferiores de la Ley Nº 19.728 - 28 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 777125581

Resolución exenta número 366, de 2019.- Establece valores superiores e inferiores de la Ley Nº 19.728

Fecha de Entrada en Vigor10 de Abril de 2019
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.292 | Jueves 28 de Febrero de 2019 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1553647
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Subsecretaría de Previsión Social / Superintendencia de Pensiones
ESTABLECE VALORES SUPERIORES E INFERIORES DE LA LEY Nº 19.728
(Resolución)
Núm. 366 exenta.- Santiago, 18 de febrero de 2019.
Vistos:
a) Lo dispuesto por el artículo 25° de la Ley N° 19.728, modificado por el número 3 del
artículo único de la Ley N°20.829; b) Las facultades que me confieren los artículos 47 N° 1 y 49
de la Ley N° 20.255; c) Lo establecido en el artículo 48 letra a) de la Ley N° 19.880 y el artículo
7° letra g) de la Ley N° 20.285; y
Considerando:
1.- Que el artículo 25 de la Ley N° 19.728, establece que el monto de las prestaciones con
cargo al Fondo de Cesantía Solidario, corresponderá a ciertos porcentajes del promedio de las
remuneraciones devengadas por el trabajador en los doce meses anteriores al término de la
relación laboral, montos que estarán afectos a valores superiores e inferiores para cada uno de los
meses señalados en ese artículo;
2.- Que el artículo 25 de la Ley N° 19.728, dispone que el reajuste de los valores superiores
e inferiores se efectuará el 1 de marzo de cada año en el 100% de la variación que hayan
experimentado en el año calendario anterior los Índices de Precios al Consumidor y de
Remuneraciones Reales, ambos determinados por el Instituto Nacional de Estadísticas;
3.- Que con fecha 7 de noviembre de 2018, el Instituto Nacional de Estadísticas difundió a
todos los usuarios la Política de Rectificación de Cifras de la Encuesta Mensual de
Remuneraciones y Costo de la Mano de Obra, que contempla que las cifras publicadas en cada
mes de transferencia tienen un carácter provisional, y son actualizadas en el mes siguiente
quedando en ese momento como definitivas.
4.- Que la variación del Índice de Remuneraciones Reales determinada por el Instituto
Nacional de Estadísticas en la forma señalada en el número anterior, alcanzó a 1,2%, mientras
que la variación anual del índice de Precios al Consumidor alcanzó a 2,6%.
Resuelvo:
1.- Establécese que, desde el 1 de marzo de 2019 hasta el 29 de febrero de 2020, los valores
superiores e inferiores a que se refiere el artículo 25 de la Ley N° 19.728, serán los siguientes:
a) Contratos a plazo indefinido

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