Resolución exenta número 484, de 2020.- Modifica resolución Nº 154 exenta, de 2017, que establece términos y condiciones de aplicación del régimen de acceso abierto a que se refieren los artículos 79º y 80º de la Ley General de Servicios Eléctricos, modificada por resoluciones exentas Nº 606, de 2017, Nº 257 y Nº 776, ambas de 2018, Nº 355 y Nº 781, ambas de 2019, y Nº 201, de 2020 - 29 de Diciembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 853523934

Resolución exenta número 484, de 2020.- Modifica resolución Nº 154 exenta, de 2017, que establece términos y condiciones de aplicación del régimen de acceso abierto a que se refieren los artículos 79º y 80º de la Ley General de Servicios Eléctricos, modificada por resoluciones exentas Nº 606, de 2017, Nº 257 y Nº 776, ambas de 2018, Nº 355 y Nº 781, ambas de 2019, y Nº 201, de 2020

Número de registroCVE-1872926
Fecha de publicación29 Diciembre 2020
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Número de Gaceta42.841
CVE 1872926 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.841 | Martes 29 de Diciembre de 2020 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 1872926
MINISTERIO DE ENERGÍA
Comisión Nacional de Energía
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 154 EXENTA, DE 2017, QUE ESTABLECE TÉRMINOS
Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE ACCESO ABIERTO A QUE
SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 79º Y 80º DE LA LEY GENERAL DE SERVICIOS
ELÉCTRICOS, MODIFICADA POR RESOLUCIONES EXENTAS Nº 606, DE 2017, Nº
257 Y Nº 776, AMBAS DE 2018, Nº 355 Y Nº 781, AMBAS DE 2019, Y Nº 201, DE 2020
(Resolución)
Núm. 484 exenta.- Santiago, 23 de diciembre de 2020.
Vistos:
a) Lo dispuesto en el artículo 9º letra h) del DL Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de
Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía, en adelante la
"Comisión";
b) Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 4, de 2006, del Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto
con fuerza de ley Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería, en adelante e indistintamente, "Ley
General de Servicios Eléctricos" o la "Ley", modificada por la ley Nº 20.936, que Establece un
Nuevo Sistema de Transmisión Eléctrica y Crea un Organismo Coordinador Independiente del
Sistema Eléctrico Nacional, en adelante "Ley Nº 20.936";
c) Lo señalado en el artículo vigésimo transitorio de la Ley Nº 20.936 de 2016;
d) Lo dispuesto en la resolución exenta Nº 154 de la Comisión, de 30 de marzo de 2017, que
establece términos y condiciones de aplicación del régimen de acceso abierto a que se refieren
modificaciones, aprobadas mediante resoluciones exentas Nº 606, de 26 de octubre de 2017, Nº
257, de 13 de abril de 2018, Nº 776, de 28 de noviembre de 2018, Nº 355 de 7 de junio de 2019,
Nº 781 de 17 de diciembre de 2019 y Nº 201 de 15 de junio de 2020, en adelante, "Resolución
Exenta Nº 154";
e) Lo dispuesto en la resolución exenta Nº 13 de la Comisión, de fecha 11 de enero de 2018,
que aprueba prórroga de vigencia de las resoluciones exentas CNE con normas de carácter
reglamentario que indica, durante el tiempo en el que el reglamento de sistemas de transmisión y
planificación de la transmisión se encuentre en trámite y hasta la entrada en vigencia del mismo,
en conformidad a lo dispuesto en el artículo vigésimo transitorio de la Ley Nº 20.936;
f) Lo señalado por la empresa TSGF SpA en carta de fecha 24 de noviembre de 2020,
recibida en esta Comisión con la misma fecha; y,
g) Lo señalado en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
a) Que, con fecha 20 de julio de 2016, se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 20.936, que
Establece un Nuevo Sistema de Transmisión Eléctrica y Crea un Organismo Coordinador
Independiente del Sistema Eléctrico Nacional;
b) Que, en uso de la facultad establecida en el artículo vigésimo transitorio de la Ley Nº
20.936, mediante resolución exenta Nº 154, de 2017, la Comisión estableció los términos y
condiciones de aplicación del régimen de acceso abierto a que se refieren los artículos 79º y 80º

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