Resolución exenta número 53, de 2021.- Requiere administrativamente restitución de inmueble ocupado ilegalmente - 2 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 862089192

Resolución exenta número 53, de 2021.- Requiere administrativamente restitución de inmueble ocupado ilegalmente

Número de registroCVE-1903797
Fecha de publicación02 Marzo 2021
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta42.894
CVE 1903797 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.894 | Martes 2 de Marzo de 2021 | Página 1 de 3
Normas Particulares
CVE 1903797
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Gobernación de Diguillín
REQUIERE ADMINISTRATIVAMENTE RESTITUCIÓN DE INMUEBLE OCUPADO
ILEGALMENTE
(Resolución)
Núm. 53 exenta.- Bulnes, 23 de febrero de 2021.
Vistos:
Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado; las facultades que me otorga el artículo 4º letras d), h) e i) de la Ley Nº 19.175, Orgánica
Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; las facultades contenidas en los Arts.
26 letras e) y f) y 34 del DFL Nº 22 de 1959, modificado por el DL Nº 3.457 de 1980; la ley
19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los
Órganos de la Administración del Estado; lo dispuesto en DS 549, de 20 de noviembre de 2020,
del Ministerio del Interior, que nombra Gobernador para la Provincia de Diguillín; oficio
ordinario Nº 456, emitido por el Alcalde de la I. Municipalidad de Chillán; copia autorizada con
vigencia de inscripción de fojas 356 número 702 del Registro de Propiedad del año 1988, 186
Vta. número 443 del Registro de Propiedad del año 1950, 914 Vta. número 1589 del Registro de
Propiedad del año 1984, del Conservador de Bienes Raíces de Chillán y, lo dispuesto en
resoluciones Nº 7 y Nº 8 de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1.- Que, le corresponde a esta autoridad velar por el cumplimiento de las leyes y
reglamentos en el ámbito de sus atribuciones.
2.- Que, dentro de tales atribuciones y al tenor de lo dispuesto en el artículo 4 letra h) de la
Ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional y el artículo 26
letras e) y f) del DFL Nº 22 de 1959, modificado por el DL Nº 3.457 de 1980, le compete ejercer
la vigilancia y cuidar de la conservación de los Bienes del Estado, Fiscales o Nacionales de Uso
Público, cuidar que se respeten en el uso al que están destinados y, en especial, impedir que se
ocupen en todo o en parte, se realicen obras, se lleven a efecto resoluciones o se ejecuten otros
actos que embaracen o perturben el uso común.
3.- Que, mediante oficio ordinario Nº456, el Alcalde de la I. Municipalidad de Chillán don
Sergio Zarzar Andonie, solicitó a este Gobernador requerir administrativamente la restitución de
los inmuebles de propiedad de la I. Municipalidad de Chillán, Región de Ñuble, ubicadas en:
a) Avenida Argentina 1135, Grupo Escolar Chillán, el cual se encuentra inscrito a fojas 356
número 702 del Registro de Propiedad del año 1988 del Conservador de Bienes Raíces de
Chillán.
b) Calle Estadio 245, ex escuela f-207, Chillán, el cual se encuentra inscrito a fojas 186 Vta.
número 443 del Registro de Propiedad del año 1950 del Conservador de Bienes Raíces de
Chillán.
c) Avenida La Castilla 360, escuela E-211, Chillán, el cual se encuentra inscrito a fojas 914
Vta. número 1589 del Registro de Propiedad del año 1984 del Conservador de Bienes Raíces de
Chillán.

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