Resolución número O-52, de 2019.- Crea Circunscripción Electoral en la comuna de Huara, Región de Tarapacá - 28 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 777125729

Resolución número O-52, de 2019.- Crea Circunscripción Electoral en la comuna de Huara, Región de Tarapacá

Fecha de Entrada en Vigor10 de Abril de 2019
CVE 1553707 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
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Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.292 | Jueves 28 de Febrero de 2019 | Página 1 de 1
Normas Generales
CVE 1553707
SERVICIO ELECTORAL
CREA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL EN LA COMUNA DE HUARA, REGIÓN
DE TARAPACÁ
(Resolución)
Núm. O-52.- Santiago, 25 de febrero de 2019.
Visto:
1. Lo informado en correo electrónico de fecha 5 de julio de 2018 del Director Regional del
Servicio Electoral de la Región de Tarapacá.
2. La circular N° 51 de 7 de diciembre de 2018 del Director del Servicio Electoral a los
Directores Regionales.
3. La concurrencia de las circunstancias establecidas en el artículo 51 de la Ley N° 18.556,
Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral.
4. Las atribuciones que me confiere el artículo 69 letra e), de la ley N° 18.556 ya citada.
Resuelvo:
1°. Créase la Circunscripción Electoral denominada "San Lorenzo de Tarapacá" en la
comuna de Huara, provincia del Tamarugal, Región de Tarapacá, cuyo territorio jurisdiccional
será: al Norte, ruta 15 en toda su extensión; al Sur, límite con la comuna de Pozo Almonte; al
Este, límite con la comuna de Pica y, al Oeste, línea recta imaginaria hacia el sur, desde la
intersección de la ruta 15 con la ruta A-565, hasta su intersección con el límite de la comuna de
Pozo Almonte.
2°. Modifícase el territorio jurisdiccional de la Circunscripción Electoral Huara, en el
sentido que el territorio de dicha circunscripción será el actual excepto al asignado a la nueva
Circunscripción Electoral San Lorenzo de Tarapacá.
3°. Procédase a la incorporación automática de todos los electores con domicilio electoral
en el territorio jurisdiccional de la Circunscripción Electoral San Lorenzo de Tarapacá.
4°. Publíquese dentro del 5° día en el Diario Oficial.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Raúl García Aspillaga, Director.

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